La fuerza brutal de la anti Patria

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Los 22 de Humahuaca en la Jujuy Rebelde. El regalo del 4 de Julio. La Orden de Allanamiento y Captura en Humahuaca emitida ese día como simbólica ofrenda por el día de la Independencia de los EEUU.

Se adjunta el texto completo de la Orden de allanamiento y Captura en Humahuaca para los 22 y “otros a identificar“.del Sr. Agente Fiscal, Dr. Fernando Enrique Alancay a los efectos de requerir “ALLANAMIENTO de las viviendas en Humahuaca” y detención de 22 vecinos al final del artículo. (Expte. Nº H-6704-MPA: INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA Art 229 y otros”) ///San Salvador de Jujuy, 04 de julio de 2.023.

Marck Stanley y Gerardo Morales el 20 de Febrero de 2023 en carnavales. Jujuy

Por Analía Mesa para Argentina en Red

En Junio desembarcó en Jujuy el “Nuevo Conquistador” como en 1500 lo hicieron los españoles. La arquitectura jurídica aprobada en su Reforma Constitucional, permite al Gobernador Morales preparase para las promesas y negocios que Marck Stanley representa en su integración al corredor IIRSA. Financiado con prestamos del BID por todas y todos los argentinos pero para beneficio de ellos y sus transnacionales.

Con fecha 4 de Julio se emitieron las órdenes de allanamiento y captura en Humahuaca para los 22 y “otros a identificar“, a quienes confiscaron celulares y computadoras para identificar adherentes en la Provincia y la región. Roma no paga traición y los concejales que aprobaron el rechazo en Humahuaca a la reforma Constitucional de Morales fueron convertidos en delatores denunciantes para alinearse con los planes del imperio. Disciplinando con terror a legisladores comunales y vecinos opositores.

Tanto como en Humahuaca, se rechazó también el texto de la reforma en Abra Pampa así como en otros once cuerpos legislativos comunales que ya se expresaron en el mismo sentido, en un contexto de permanente protestas en todo el territorio provincial.

Según dice el texto, los allanamientos son “para proceder al registro y secuestro de elementos informáticos y celulares de uso personal de los imputados para geo localizarlos el día del hecho y cualquier otro elemento que tengan relación con el delito investigado”.

Asimismo requiere la Detención de los 22 vecinos de Humahuaca allanados y “otros a identificaracusados de los siguientes hechos:

“PRIMER HECHO: PRIVACION ILEGITIMA AGRAVADA. ( las víctimas son los concejales de Humahuaca: NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, quienes terminaron la quinta sesión especial convocada a horas 18:00 y cuando se disponían a retirarse, fueron retenidos por un grupo de manifestantes el día 30 de Junio. Manifestantes que se encontraban rodeando el Edificio Municipal, los demoraron y no los dejaban salir, privándolos de su libertad.-

SEGUNDO HECHO: SEDICION. Aproximadamente desde horas 19:00, hasta horas 02:00 del 01 de Julio de 2023, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, un grupo de manifestantes que rodeaban el Edificio Municipal, y otras persona a establecer, se alzaron públicamente en contra de la Constitución de la Provincia, portando palos, piedras, realizando fogatas y parcantas, para imponer con violencia la realización de la sexta sesión especial al CONCEJO DELIBERANTE de HUMAHUACA compuesto por NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, a quienes impusieron y arrancaron una ordenanza de rechazo a la REFORMA CONSTITUCIONAL DE JUJUY 2023, dicha ordenanza fue sancionada bajo presión a los Concejales exigiéndoles dicho instrumento legislativo a cambio de dejarlos salir o las renuncias a sus cargos públicos, amenazándolos de muerte.-

TERCER HECHO: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: Acaecido el día 01 de Julio de 2.023, aproximadamente horas 02:00, en las inmediaciones de la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que JEFE DEL OPERATIVO DE SEGURIDAD de la Policía de la Provincia, ordeno a los manifestantes que permitan salir a los Concejales NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, y a los Policías que se debía garantizar la integridad de los Concejales, pidiendo a los manifestantes no se acerquen al cordón de seguridad que había formado el personal policial, los manifestantes imputados entre los que estaban los 22 imputados y otras personas a establecer decidieron de manera conjunta resistir la orden y el consecuente accionar policial tendiente a hacer cumplir con esa orden, y para ello tiraron piedras y palos contras los Concejales y los efectivos policiales, persiguiéndolos por más de una cuadra haciéndolos retroceder y escapar del lugar.

CUARTO HECHO: Daño AGRAVADO a bienes de uso público” Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 23:00, hasta horas 02:00 del 01 de Julio de 2023, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que los Concejales se encontraban dentro del Edifico Municipal y luego cuando fueron sacados por la policía, los manifestantes imputados entre los que estaban los 22 imputados y otras personas a establecer rompieron los vidrios del Edificio Municipal y del Móvil Policial legajo AF065NQ de la Seccional 15 Humahuaca con piedras y palos, también rompieron cascos y escudos del personal policial.

QUINTO HECHO.- “Lesiones leves doblemente agravadas” Acaecido el día 01 de Julio de 2.023, aproximadamente horas 02:00, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que los Concejales eran sacados del Edifico Municipal, los manifestantes imputados entre los que estaban los 22 imputados y otras personas a establecer, tiraron piedras y palos al personal policial, logrando lastimar a 16 funcionarios

SEXTO HECHO: INSTIGACION A COMETER DELITOS: Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 19:00, hasta horas 03:00 del 01 de Julio de 2023, en Humahuaca, en forma virtual por los grupos de WhatsApp: EL NORTE RESISTE y mientras se efectuaban transmisiones en vivo de las páginas de Facebook SOL DEL NORTE y HUMAHUACA HOY, cuyos enlaces son: https://www.facebook.com/profile.php?id=100063503082895&mibextid=ZbWKwL,https://www.facebook.com/Humahuacahoy?mibextid=ZbWKw L los imputados: el usuario TOMMY ABRACAITE en los comentarios a las transmisiones en vivo de Facebook decía VAMO A TOMAR LA CASA DE NOELIA QUISPE, TAMBIEN LA CASA DE CAMPO.- La usuaria ROXANA CONDORI en los comentarios a las transmisiones en vivo de Facebook decía LA GRTRAON POR QUE POR PRIMER VEZ LA VIERON TRABAJANDO OJALA LA VIERAN MATADO.- El usuario JUAN CARLOS MATIAS GALIAN decía DESPUES DE MORALES IREMOS POR SU CABEZA.- En grupo de WhatsApp NORTE RESISTE la usuaria del número 541135239817, decía: VAMOS A QUEMAR LA CASA DE NOELIA QUISPE, A CHORRILLOS A SANTA RITA.- El usuario del número 3885134290 dijo: HAY QUE SACAR A LA MIERDA A NOELIA QUISPE.- EN Grupo de Whatsapp ARRIBA JUJUY la usuaria del teléfono 3884623547 dijo: no la dejen cruzar la ruta, poniendo una foto de NOELIA QUISPE.- En el grupo el NORTE RESISTE, el usuario del número 3887430273 dijo: VAMOS A LA CASA DE LA CONCEJAL. El usuario del número 3887 471443 decía VAMOS A LA CASA DE NOELIA QUISPE.- El usuario 3884142373 vamos a pedir la renuncia.- Los co-imputados en dichos grupo públicos y transmisiones instigaban al resto de los integrantes del grupo a cometer delitos en contra de la propiedad e integridad personal de la concejal NOELIA QUISPE”

Orden de Captura en Humahuaca. Se adjunta el texto completo del Sr. Agente Fiscal, Dr. Fernando Enrique Alancay a los efectos de requerir “ALLANAMIENTO de las viviendas en Humahuaca” (Expte. Nº H-6704-MPA: INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA Art 229 y otros”) ///San Salvador de Jujuy, 04 de julio de 2.023.

Escudo Jujuy
PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY
JUZGADO DE CONTROL – JUZGADO DE CONTROL EN LO PENAL ECONÓMICO Y DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN

Ref. Expte. Nº H-6704-MPA: INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA Art 229 y otros”

///San Salvador de Jujuy, 04 de julio de 2.023.-

VISTO:

El legajo Nº H-6704-MPA: INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA Art 229 y otros” y;

CONSIDERANDO:

1.- Del pedido de Allanamiento, Registro, Secuestro y Detención.

   Que, se presenta el Sr. Agente Fiscal, Dr. Fernando Enrique Alancay a los efectos de requerir “ALLANAMIENTO de las siguientes viviendas: 1) CALLE SANTA FE 199 HUMAHUACA, 2) CALLE SOCOMBA 143 HUMAHUACA, 3) CALLE FERNANDO CALAPEÑA S/N| HUMAHUACA, 4) CALLE PEDRO ORTIZ DE ZARATE 347 HUMAHUACA, 5) CALLE BUQUE SAN ANTONIO BARRIO LA SOLEDAD- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA DE MATERIAL BLOQUES SIN REVOCAR, TECHO DE LOSA 6) CALLE CUZCO SIN NUMERO HUMAHUACA, 7) CALLE CORRIENTES N° 831, B° CENTRO DE LA CIUDAD DE HUMAHUACA-DPTO.HUMAHUACA. REFERENCIA; FRENTE COLINDANTE EMPRESA EJESA: La vivienda de dos plantas posee una fachada con una parte de ladrillo al visto y una parte de revoque y fino , con garaje de color marrón , puerta de ingreso de chapa tipo rejas y bombos laterales con rejas, techo de loza, de frente se observa dos puerta una de color Marrón y la otro de color negra , parte de un muro desde el piso hasta 50 centímetros hacia arriba con material piedra laja al vista, no se visualiza el medidor de agua, medidor de luz N° 1200 y dos medidor de gas uno L28 M 42 A y el otro con letra B, 8) CALLE 2 DE MARZO 147 HUMAHUACA, 9) AV. SNOPEK S/N BARRIO 23 DE AGOSTO- HUMAHUACA, COMO PUNTO DE REFERENCIA COLINDA LADO NORTE CON BASE OPERACIONAL DEL SAME 107, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA, CON TECHO DE LOSA, REVOQUE DE CEMENTO, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON CON REJAS, UNA PUERTA DE COLOR MARRON DE DOS OJAS CON DIVICION DE 06 VIDRIOS, NO SE OBSERVA NRO DE MEDIDOR, 10) CALLE VILTIPOCO S /N° UQUIA, 11) AV. PARAGUAY SIN NUMERO BARRIO SANTA RITA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON BLOQUES SIN REBOCAR, UNA PUERTA DE COLOR VERDE, UNA PUERTA DE COLOR ROJO AMBAS DE MATERIAL MADERA, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ CON NUMERACION MARCADO CON CORRECTOR 3300, 12) AV. PARAGUAY SIN NUMERO BARRIO SANTA RITA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON BLOQUES SIN REBOCAR, UNA PUERTA DE COLOR VERDE, UNA PUERTA DE COLOR ROJO AMBAS DE MATERIAL MADERA, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ CON NUMERACION MARCADO CON CORRECTOR 3300, 13) CALLE CORRIENTES S/N ENTRE CALLES CATAMARCA Y LA RIOJA,BARRIO CENTRO- HUMAHUACA, CONSTRUCION DE UNA PLANTA FRENTE DE LADRILLOS CON PUERTA DE COLOR MARRON, VENTANA DE COLOR MARRON MATERIAL MADERA CON REJAS COLOR NEGRO, Y PORTON DE MADERA COLOR NEGRO, NUMERACION DE MEDIDOR DE LUS MARCADO CON CORRECTOR SIENDO 14200, 14) AV. MARTIN MIGUEL DE GUEMES NRO 562 DEL BARRIO 23 DE AGOSTO – HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS DE LADRILLO, DE LA CUAL EN LA PLANTA BAJA SE OBSERVA UN PORTON DE COLOR MARRON DE MADERA, DOS PUERTAS DE COLOR MARRON DE MADERA Y UNA VENTANA DE COLOR MARRON DE MADERA, 15) CALLE MARIA TERESA CARDOZO NRO 378 BARRIO SANTA BARBARA-HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS, CUYA PLANTA BAJA SE OBSERVA LA PARED CON REVOQUE DE CEMENTO, UN PORTON DE COLOR ROJO MATERIAL CHAPA, CINCO VENTANAS DE COLOR MARRON DE MATERIAL MADERA Y DOS PUERTAS MARRONES DE MATERIAL MADERA, 16) CALLE PUNTA MEDANO S/N, MANZANA AP13, LOTE 2, BARRIO 2 DE ABRIL, LOCALIDAD DE HUMAHUACA, 17) PUNTA MEDANO S/N, MANZANA AP13, LOTE 2, BARRIO 2 DE ABRIL, LOCALIDAD DE HUMAHUACA, 18) MARIA TERESA CARDOZOS/N BARRIO SANTA BARBARAHUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA,CON REVOQUE DE COLOR GRISOSCURO, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MATERIAL MADERA, UNA PUERTA DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ Y AGUA EN EL CUAL NO SE VISUALIZA NUMERACION, MEDIDOR DE GAS CON LA ESCRITURA M88L7, 19) CALLE BUQUE SAN ANTONIO BARRIO LA SOLEDAD- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA DE MATERIAL BLOQUES SIN REVOCAR, TECHO DE LOSA, 20) VIA PUBLICA 21) CALLE CHACO S/N BARRIO SAN CAYETANOHUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON REVOQUE DE COLOR BLANCO, DOS PUERTAS DE COLOR ROJO DE MATERIAL MADERA Y UNA VENTANA DE COLOR ROJA DE TAMAÑO PEQUEÑA, CON NRO DE MEDIDOR DE LUZ ESCRITO CON CORRECTOR 3500, 22) CALLE ISLAS MALVINAS S/N BARRIO CONSTRUCCION DE ADOBE, CON PUERTA DE CHAPA COLOR NEGRO, CUYO MEDIDOR DE LUZ SE ENCUENTRA ESCRITO CON CORRECTOR CON EL NRO 12750, para proceder al registro y secuestro de elementos informáticos y celulares de uso personal de los imputados para geo localizarlos el día del hecho y cualquier otro elemento que tengan relación con el delito investigado”.

   Asimismo requiere la Detención de las siguientes personas: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA, DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189.

   A los fines de fundamentar tal requerimiento, el Sr. Agente Fiscal enuncia los hechos que dieron origen al presente legajo, a saber “PRIMER HECHO: PRIVACION ILEGITIMA AGRAVADA.- (art.142 inc.1°) Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 19:00, hasta horas 02:00 del 01 de Julio de 2023, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que las víctimas los concejales de Humahuaca: NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, quienes terminaron la quinta sesión especial convocada a horas 18:00 y cuando se disponían a retirarse, fueron retenidos por un grupo de manifestantes entre los que estaban: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras persona a establecer, quienes se encontraban rodeando el Edificio Municipal, los demoraron y no los dejaban salir, privándolos de su libertad.- SEGUNDO HECHO: SEDICION.– Art 229 inc. 1 Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 19:00, hasta horas 02:00 del 01 de Julio de 2023, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, un grupo de manifestantes que rodeaban el Edificio Municipal, entre los que estaban: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras persona a establecer, se alzaron públicamente en contra de la Constitución de la Provincia, portando palos, piedras, realizando fogatas y parcantas, para imponer con violencia la realización de la sexta sesión especial al CONCEJO DELIBERANTE de HUMAHUACA compuesto por NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, a quienes impusieron y arrancaron una ordenanza de rechazo a la REFORMA CONSTITUCIONAL DE JUJUY 2023, dicha ordenanza fue sancionada bajo presión a los Concejales exigiéndoles dicho instrumento legislativo a cambio de dejarlos salir o las renuncias a sus cargos públicos, amenazándolos de muerte.- TERCER HECHO: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: Art 239 Acaecido el día 01 de Julio de 2.023, aproximadamente horas 02:00, en las inmediaciones de la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que JEFE DEL OPERATIVO DE SEGURIDAD de la Policía de la Provincia, ordeno a los manifestantes que permitan salir a los Concejales NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, y a los Policías que se debía garantizar la integridad de los Concejales, pidiendo a los manifestantes no se acerquen al cordón de seguridad que había formado el personal policial, los manifestantes imputados entre los que estaban: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras personas a establecer decidieron de manera conjunta resistir la orden y el consecuente accionar policial tendiente a hacer cumplir con esa orden, y para ello tiraron piedras y palos contras los Concejales y los efectivos policiales, persiguiéndolos por más de una cuadra haciéndolos retroceder y escapar del lugar.- CUARTO HECHO: Daño AGRAVADO a bienes de uso público” (artículo 184, inciso 5) Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 23:00, hasta horas 02:00 del 01 de Julio de 2023, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que los Concejales se encontraban dentro del Edifico Municipal y luego cuando fueron sacados por la policía, los manifestantes imputados entre los que estaban: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras personas a establecer rompieron los vidrios del Edificio Municipal y del Móvil Policial legajo AF065NQ de la Seccional 15 Humahuaca con piedras y palos, también rompieron cascos y escudos del personal policial.- QUINTO HECHO.- “Lesiones leves doblemente agravadas” Acaecido el día 01 de Julio de 2.023, aproximadamente horas 02:00, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca, sito en Calle Jujuy esquina Tucumán, de la localidad de Humahuaca, en circunstancias en que los Concejales eran sacados del Edifico Municipal, los manifestantes imputados entre los que estaban 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras personas a establecer, tiraron piedras y palos al personal policial, logrando lastimar a los siguientes funcionarios: 1) MIGUEL ANGEL FERNANDEZ DNI 30.116.914, 2) ALEX ALFREDO CHOQUE DNI 38.164.862, 3) GUILERMO QUISPE DNI 42.034.263, 4) DANIEL OSCAR LAMAS DNI 29.190.448, 5) WILFREDO EMANUEL DIAZ DNI 32.722.979, 5) MIGUEL ANGLE LAMAS DNI 29.190.414, 6) CESAR AUGUSTO VELAZQUEZ DNI 32.442.369, 7) YAMILE ANABEL QUISPE DNI 36.378.431, 8) ROMINA MARISEL SALAS DNI 38.974.159, 9) IRMA HAYDE QUISPE DNI 30.605.168, 10) SILVERIO CELESTINO CUSSI DNI 33.808.660, 11) LAURA ESTEFANIA FATINA PAREDES DNI 37.661.682, 12) NATALIA CELESTINA GORENA DNI 33.256.147, 13) HERNAN EDUARDO LAMAS DNI 31.081.803, 14) RICARDO EMANUEL QUIROGA DNI 31.590.078, 15) FRANCO EMANUEL SORIANO QUISPE DNI 34.273.383, 16) JONATAN IVAN MARTINEZ DNI 39.230.906.- SEXTO HECHO: INSTIGACION A COMETER DELITOS: ART 209.- Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 19:00, hasta horas 03:00 del 01 de Julio de 2023, en Humahuaca, en forma virtual por los grupos de WhatsApp: EL NORTE RESISTE y mientras se efectuaban transmisiones en vivo de las páginas de Facebook SOL DEL NORTE y HUMAHUACA HOY, cuyos enlaces son: https://www.facebook.com/profile.php?id=100063503082895&mibextid=ZbWKwL,https://www.facebook.com/Humahuacahoy?mibextid=ZbWKw L los imputados: el usuario TOMMY ABRACAITE en los comentarios a las transmisiones en vivo de Facebook decía VAMO A TOMAR LA CASA DE NOELIA QUISPE, TAMBIEN LA CASA DE CAMPO.- La usuaria ROXANA CONDORI en los comentarios a las transmisiones en vivo de Facebook decía LA GRTRAON POR QUE POR PRIMER VEZ LA VIERON TRABAJANDO OJALA LA VIERAN MATADO.- El usuario JUAN CARLOS MATIAS GALIAN decía DESPUES DE MORALES IREMOS POR SU CABEZA.- En grupo de WhatsApp NORTE RESISTE la usuaria del número 541135239817, decía: VAMOS A QUEMAR LA CASA DE NOELIA QUISPE, A CHORRILLOS A SANTA RITA.- El usuario del número 3885134290 dijo: HAY QUE SACAR A LA MIERDA A NOELIA QUISPE.- EN Grupo de Whatsapp ARRIBA JUJUY la usuaria del teléfono 3884623547 dijo: no la dejen cruzar la ruta, poniendo una foto de NOELIA QUISPE.- En el grupo el NORTE RESISTE, el usuario del número 3887430273 dijo: VAMOS A LA CASA DE LA CONCEJAL. El usuario del número 3887 471443 decía VAMOS A LA CASA DE NOELIA QUISPE.- El usuario 3884142373 vamos a pedir la renuncia.- Los co-imputados en dichos grupo públicos y transmisiones instigaban al resto de los integrantes del grupo a cometer delitos en contra de la propiedad e integridad personal de la concejal NOELIA QUISPE”.

   A párrafo siguiente señala las pruebas incorporadas en esta instancia procesal, a saber “Actas iniciando actuaciones, Denuncias de víctimas: 1) MIGUEL ANGEL FERNANDEZ DNI 30.116.914, 2) ALEX ALFREDO CHOQUE DNI 38.164.862, 3) GUILERMO QUISPE DNI 42.034.263, 4) DANIEL OSCAR LAMAS DNI 29.190.448, 5) WILFREDO EMANUEL DIAZ DNI 32.722.979, 5) MIGUEL ANGLE LAMAS DNI 29.190.414, 6) CESAR AUGUSTO VELAZQUEZ DNI 32.442.369, 7) YAMILE ANABEL QUISPE DNI 36.378.431, 8) ROMINA MARISEL SALAS DNI 38.974.159, 9) IRMA HAYDE QUISPE DNI 30.605.168, 10) SILVERIO CELESTINO CUSSI DNI 33.808.660, 11) LAURA ESTEFANIA FATINA PAREDES DNI 37.661.682, 12) NATALIA CELESTINA GORENA DNI 33.256.147, 13) HERNAN EDUARDO LAMAS DNI 31.081.803, 14) RICARDO EMANUEL QUIROGA DNI 31.590.078, 15) FRANCO EMANUEL SORIANO QUISPE DNI 34.273.383, 16) JONATAN IVAN MARTINEZ DNI 39.230.906, 17) DENUNCIA DE NOELIA QUISPE, EXAMENES MEDICOS DE LOS DENUNCIANTES, CERTIIFCADOS MEDICOS DE LOS DENUNCINATES, ACTA DE CONSTATACION DAÑOS, tomas fotográficas, notas de pedidos a criminalística, grabaciones de video subidas a páginas de Facebook, informes policiales de Brigada Humahuaca, y demás constancias de autos”.

   Que, conforme los hechos relatados y la prueba incorporada el Sr. Fiscal acredita la siguiente calificación legal: por el delito de Privación de la libertad agravada por el medio de comisión, previsto en el (art.142 inc.1°) en contra de 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras persona a establecer. por el delito de sedición, previsto en el (art. 229 inc.1°), en contra de 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras personas a establecer. por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: Art 239 C.P. EN CONTRA DE 1) MERCEDES MAIDANA 2) HAYDE IGANCIO 3) LILIANA APAZA, 4) ELSA LAMAS, 5) NORA CARI, 6) GLADIS TOLAY, 7) JORGE NAHUM, 8) AGUSTIN ZAMBONI, 9) RENZO LAGUNA 10) LETICIA IRENE LLOVERAS, 11) JORGE MAXIMILIANO NAHUM, 12) RONALDO ELISEO TAPIA, 13) BRIAN RODRIGO TAPIA, 14) MARISOL CARI, 15) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, 16) FERNANDO MANUEL APAZA, y otras personas a establecer. por el delito de Daño AGRAVADO a bienes de uso público” (artículo 184, inciso 5), EN CONTRA DE 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras personas a establecer. por el delito de “Lesiones leves doblemente agravadas por ser cometidas por el concurso de dos o más personas y contra miembros de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, por su función, cargo o condición previsto en (artículo 89 y 92 en función del artículo 80, incisos 6to. y 8vo.) (16 HECHOS) EN CONTRA DE 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA,DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, y otras personas a establecer, todos ello en concurso real.

   Asimismo por el delito de INSTIGACION A COMTER DELITOS previsto en Art. 209 del CODIGO PENAL, en contra de: TOMY ABRACAITE, ROXANA CONDORI, JUAN CARLOS MATIAS GALIAN, El usuario del número 3885134290, 3884623547, 3887430273, 3887 471443, 3884142373, y otras personas a establecer.

Luego ingresa al tratamiento de los fundamentos del presente requerimiento: ”resulta absolutamente indispensable a fin de asegurar la investigación y la actuación de le ley y tal como consta en autos, el presente proceso se encuentra en plena etapa de investigación y restan medidas probatorias a realizar, como el examen mental, testimoniales, informes”, inmediatamente refiere peligro de fuga: “a. 1 La magnitud de la pena en expectativa considerando especialmente la naturaleza del hecho imputado y las causas pendientes de trámite que pesen contra el imputado. La escala en abstracto de los delitos imputados son: privación agravada de 2 a 6 años; sedición de 1 a seis años, etc.-Los delitos están imputados en concurso real, porque no podrán ser de ejecución condicional.- a. 2 Que los imputados no tiene empleo conocido, no tienen actividad conocida, infiriendo que no tienen arraigo en la Provincia.- a.3 La importancia del daño a resarcir, donde deberá ser escuchada las víctimas en una audiencia, y la actitud que adopten voluntariamente el imputado, siendo que podrían acordar un juicio abreviado en lo inmediato.- a.- 4 El imputado en todo momento tuvo comportamiento evasivo ya que desde un principio se encontraban tapados y encapuchados, todavía no se pudo confirmar si sus datos son ciertos”.

Luego infiere un peligro entorpecimiento de la investigación, peligro objetivo previsto en el artículo 294 del CPP y resalta que no corresponde actuar con la simple citación del imputado.

Concluye requiriendo se libre la orden de allanamiento, registro, secuestro y detención de los nombrados, comisionando a tales efectos al Sr. Jefe de la REGIONAL 3 de la Policía de la Provincia de Jujuy, y JEFE DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA para que con personal a sus órdenes cumplimenten la orden a librarse (Const. Pcial., art. 27 y Arts. 62, 218, 219 y 279 inc i del C.P.P.), pudiendo en caso de suma necesidad hacer uso de la fuerza pública; como así también se solicita se comisione al efectivo que el Sr. Jefe de la mencionada unidad policial designe a los efectos de labrar las actas de rigor.

2.- De la Resolución.

Que, habiendo ingresado a las constancias del presente legajo y lo relatado por el Sr. Agente Fiscal, corresponde ingresar al tratamiento del mismo. El cual se adelanta debe prosperar. Se dan razones.

   En este orden de ideas, en lo que respecta al pedido de Allanamiento, Registro y Secuestro, se comparten los argumentos vertidos por el Sr. Agente Fiscal en cuanto la presente investigación se encuentra en sus inicios y la medida es proporcional a los efectos de recolectar los indicios necesarios para fundamentar su teoría del caso.

   Por ello corresponde en esta instancia procesal, hacer lugar  y ordenar el Allanamiento, Registro y Secuestro de los siguientes domicilios: 1) CALLE SANTA FE 199 HUMAHUACA, 2) CALLE SOCOMBA 143 HUMAHUACA, 3) CALLE FERNANDO CALAPEÑA S/N| HUMAHUACA, 4) CALLE PEDRO ORTIZ DE ZARATE 347 HUMAHUACA, 5) CALLE BUQUE SAN ANTONIO BARRIO LA SOLEDADHUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA DE MATERIAL BLOQUES SIN REVOCAR, TECHO DE LOSA 6) CALLE CUZCO SIN NUMERO HUMAHUACA, 7) CALLE CORRIENTES N° 831, B° CENTRO DE LA CIUDAD DE HUMAHUACADPTO.HUMAHUACA. REFERENCIA; FRENTE COLINDANTE EMPRESA EJESA: La vivienda de dos plantas posee una fachada con una parte de ladrillo al visto y una parte de revoque y fino , con garaje de color marrón , puerta de ingreso de chapa tipo rejas y bombos laterales con rejas, techo de loza, de frente se observa dos puerta una de color Marrón y la otro de color negra , parte de un muro desde el piso hasta 50 centímetros hacia arriba con material piedra laja al vista, no se visualiza el medidor de agua, medidor de luz N° 1200 y dos medidor de gas uno L28 M 42 A y el otro con letra B, 8) CALLE 2 DE MARZO 147 HUMAHUACA, 9) AV. SNOPEK S/N BARRIO 23 DE AGOSTO- HUMAHUACA, COMO PUNTO DE REFERENCIA COLINDA LADO NORTE CON BASE OPERACIONAL DEL SAME 107, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA, CON TECHO DE LOSA, REVOQUE DE CEMENTO, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON CON REJAS, UNA PUERTA DE COLOR MARRON DE DOS OJAS CON DIVICION DE 06 VIDRIOS, NO SE OBSERVA NRO DE MEDIDOR, 10) CALLE VILTIPOCO S /N° UQUIA, 11) AV. PARAGUAY SIN NUMERO BARRIO SANTA RITA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON BLOQUES SIN REBOCAR, UNA PUERTA DE COLOR VERDE, UNA PUERTA DE COLOR ROJO AMBAS DE MATERIAL MADERA, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ CON NUMERACION MARCADO CON CORRECTOR 3300, 12) AV. PARAGUAY SIN NUMERO BARRIO SANTA RITA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON BLOQUES SIN REBOCAR, UNA PUERTA DE COLOR VERDE, UNA PUERTA DE COLOR ROJO AMBAS DE MATERIAL MADERA, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ CON NUMERACION MARCADO CON CORRECTOR 3300, 13) CALLE CORRIENTES S/N ENTRE CALLES CATAMARCA Y LA RIOJA,BARRIO CENTRO- HUMAHUACA, CONSTRUCION DE UNA PLANTA FRENTE DE LADRILLOS CON PUERTA DE COLOR MARRON, VENTANA DE COLOR MARRON MATERIAL MADERA CON REJAS COLOR NEGRO, Y PORTON DE MADERA COLOR NEGRO, NUMERACION DE MEDIDOR DE LUS MARCADO CON CORRECTOR SIENDO 14200, 14) AV. MARTIN MIGUEL DE GUEMES NRO 562 DEL BARRIO 23 DE AGOSTO – HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS DE LADRILLO, DE LA CUAL EN LA PLANTA BAJA SE OBSERVA UN PORTON DE COLOR MARRON DE MADERA, DOS PUERTAS DE COLOR MARRON DE MADERA Y UNA VENTANA DE COLOR MARRON DE MADERA, 15) CALLE MARIA TERESA CARDOZO NRO 378 BARRIO SANTA BARBARA-HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS, CUYA PLANTA BAJA SE OBSERVA LA PARED CON REVOQUE DE CEMENTO, UN PORTON DE COLOR ROJO MATERIAL CHAPA, CINCO VENTANAS DE COLOR MARRON DE MATERIAL MADERA Y DOS PUERTAS MARRONES DE MATERIAL MADERA, 16) CALLE PUNTA MEDANO S/N, MANZANA AP13, LOTE 2, BARRIO 2 DE ABRIL, LOCALIDAD DE HUMAHUACA, 17) PUNTA MEDANO S/N, MANZANA AP13, LOTE 2, BARRIO 2 DE ABRIL, LOCALIDAD DE HUMAHUACA, 18) MARIA TERESA CARDOZOS/N BARRIO SANTA BARBARA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA,CON REVOQUE DE COLOR GRISOSCURO, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MATERIAL MADERA, UNA PUERTA DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ Y AGUA EN EL CUAL NO SE VISUALIZA NUMERACION, MEDIDOR DE GAS CON LA ESCRITURA M88L7, 19) CALLE BUQUE SAN ANTONIO BARRIO LA SOLEDAD- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA DE MATERIAL BLOQUES SIN REVOCAR, TECHO DE LOSA, 20) VIA PUBLICA 21) CALLE CHACO S/N BARRIO SAN CAYETANO- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON REVOQUE DE COLOR BLANCO, DOS PUERTAS DE COLOR ROJO DE MATERIAL MADERA Y UNA VENTANA DE COLOR ROJA DE TAMAÑO PEQUEÑA, CON NRO DE MEDIDOR DE LUZ ESCRITO CON CORRECTOR 3500, 22) CALLE ISLAS MALVINAS S/N BARRIO CONSTRUCCION DE ADOBE, CON PUERTA DE CHAPA COLOR NEGRO, CUYO MEDIDOR DE LUZ SE ENCUENTRA ESCRITO CON CORRECTOR CON EL NRO 12750, para proceder al registro y secuestro de elementos informáticos y celulares de uso personal de los imputados para geo localizarlos el día del hecho y cualquier otro elemento que tengan relación con el delito investigado, de conformidad a lo previsto en los artículos 218, 219, 225, 227 del CPP.

Los elementos secuestrados deberán ser inventariados y quedar bajo la esfera de custodia del Ministerio Público de la Acusación de conformidad al artículo 229 del CPP.

   En lo que respecta al pedido de Detención efectuado por el representante de la vindicta pública, la misma es necesaria a los fines de garantizar el proceso, la reconstrucción de la verdad histórica y la actuación de la justicia.

   No escapa a esta Magistratura, que la calificación legal primigenia enrostrada por el Sr. Agente Fiscal a los inculpados, esto es Privación de la libertad agravada por el medio de comisión, previsto en el (art.142 inc.1°); sedición, previsto en el (art. 229); RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: Art 239 C.P.; Daño AGRAVADO a bienes de uso público” (artículo 184, inciso 5); Lesiones leves doblemente agravadas por ser cometidas por el concurso de dos o más personas y contra miembros de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, por su función, cargo o condición previsto en (artículo 89 y 92 en función del artículo 80, incisos 6to. y 8vo.) e INSTIGACION A COMTER DELITOS previsto en Art. 209, constituyen un parámetro esencial a la hora de determinar la viabilidad del requerimiento fiscal.

   En este punto es de destacar que el delito de Sedición previsto y penado en el artículo 229 del Código Penal de la Nación, está orientado a describir la conducta propia de aquellos que atentan contra el orden constitucional y la vida en democracia de una sociedad, es decir, el bien jurídico a proteger es la plena vigencia del Estado Constitucional de Derecho. Situación, esta última, que se vio desvirtuada en el sub judice, conforme el segundo hecho relatado por la Fiscalía “Acaecido el día 30 de Junio de 2.023, aproximadamente desde horas 19:00, hasta horas 02:00 del 01 de Julio de 2023, en la sede del Concejo Deliberante de Humahuaca… se alzaron públicamente en contra de la Constitución de la Provincia, portando palos, piedras, realizando fogatas y parcantas, para imponer con violencia la realización de la sexta sesión especial al CONCEJO DELIBERANTE de HUMAHUACA compuesto por NOELIA QUISPE, ALEJANDRO ESCOBAR, FEDERICO ZAMBONI, ROQUE TARCAYA, JORDAN ZERPA, DANIEL ABALOS, a quienes impusieron y arrancaron una ordenanza de rechazo a la REFORMA CONSTITUCIONAL DE JUJUY 2023”.

   Es de conocimiento público los hechos de violencia acontecidos en la provincia durante el proceso de aprobación de la reforma da la Constitución Provincial, lo que ocasiono una incertidumbre general en la sociedad.

Asimismo, los fundamentos dados por el Sr. Fiscal en cuanto a los peligros de entorpecimiento, fuga y peligros objetivos, deberán ser considerados en la correspondiente audiencia imputativa prevista por nuestro código de ritos, sin perjuicio de ello, existe en esta etapa procesal los indicios suficientes para sospechar que los mismos han participado en el hecho punible a investigar.

   En este sentido, corresponde ordenar la detención de las siguientes personas: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA, DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, de conformidad a lo previsto en los artículos 284 del CPP.

   Los detenidos deberán ser alojados en dependencias que asignará a tales efectos el Departamento Judicial de la Policía de la Provincia y a la orden de la Fiscalía actuante.

   Se comisiona al Sr. Jefe de la REGIONAL 3 de la Policía de la Provincia de Jujuy, y JEFE DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA para que con personal a sus órdenes cumplimenten la orden a librarse (Const. Pcial., art. 27 y Arts. 62, 218, 219 y 279 inc i del C.P.P.), pudiendo en caso de suma necesidad hacer uso de la fuerza pública; como así también labrar las actas de rigor. Las medidas ordenadas deberán ser cumplidas entre los días 04, 05 y 06 de julio del año en curso entre las 07:00 a 20:00 horas.

   Por todo lo antes expuesto, este:

JUZGADO ESPECIALIZADO DE CONTROL EN LO PENAL ECONOMICO

Y DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

1.- ORDENAR el Allanamiento, Registro y Secuestro de los siguientes domicilios: 1) CALLE SANTA FE 199 HUMAHUACA, 2) CALLE SOCOMBA 143 HUMAHUACA, 3) CALLE FERNANDO CALAPEÑA S/N| HUMAHUACA, 4) CALLE PEDRO ORTIZ DE ZARATE 347 HUMAHUACA, 5) CALLE BUQUE SAN ANTONIO BARRIO LA SOLEDADHUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA DE MATERIAL BLOQUES SIN REVOCAR, TECHO DE LOSA 6) CALLE CUZCO SIN NUMERO HUMAHUACA, 7) CALLE CORRIENTES N° 831, B° CENTRO DE LA CIUDAD DE HUMAHUACADPTO.HUMAHUACA. REFERENCIA; FRENTE COLINDANTE EMPRESA EJESA: La vivienda de dos plantas posee una fachada con una parte de ladrillo al visto y una parte de revoque y fino , con garaje de color marrón , puerta de ingreso de chapa tipo rejas y bombos laterales con rejas, techo de loza, de frente se observa dos puerta una de color Marrón y la otro de color negra , parte de un muro desde el piso hasta 50 centímetros hacia arriba con material piedra laja al vista, no se visualiza el medidor de agua, medidor de luz N° 1200 y dos medidor de gas uno L28 M 42 A y el otro con letra B, 8) CALLE 2 DE MARZO 147 HUMAHUACA, 9) AV. SNOPEK S/N BARRIO 23 DE AGOSTO- HUMAHUACA, COMO PUNTO DE REFERENCIA COLINDA LADO NORTE CON BASE OPERACIONAL DEL SAME 107, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA, CON TECHO DE LOSA, REVOQUE DE CEMENTO, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON CON REJAS, UNA PUERTA DE COLOR MARRON DE DOS OJAS CON DIVICION DE 06 VIDRIOS, NO SE OBSERVA NRO DE MEDIDOR, 10) CALLE VILTIPOCO S /N° UQUIA, 11) AV. PARAGUAY SIN NUMERO BARRIO SANTA RITA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON BLOQUES SIN REBOCAR, UNA PUERTA DE COLOR VERDE, UNA PUERTA DE COLOR ROJO AMBAS DE MATERIAL MADERA, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ CON NUMERACION MARCADO CON CORRECTOR 3300, 12) AV. PARAGUAY SIN NUMERO BARRIO SANTA RITA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON BLOQUES SIN REBOCAR, UNA PUERTA DE COLOR VERDE, UNA PUERTA DE COLOR ROJO AMBAS DE MATERIAL MADERA, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ CON NUMERACION MARCADO CON CORRECTOR 3300, 13) CALLE CORRIENTES S/N ENTRE CALLES CATAMARCA Y LA RIOJA,BARRIO CENTRO- HUMAHUACA, CONSTRUCION DE UNA PLANTA FRENTE DE LADRILLOS CON PUERTA DE COLOR MARRON, VENTANA DE COLOR MARRON MATERIAL MADERA CON REJAS COLOR NEGRO, Y PORTON DE MADERA COLOR NEGRO, NUMERACION DE MEDIDOR DE LUS MARCADO CON CORRECTOR SIENDO 14200, 14) AV. MARTIN MIGUEL DE GUEMES NRO 562 DEL BARRIO 23 DE AGOSTO – HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS DE LADRILLO, DE LA CUAL EN LA PLANTA BAJA SE OBSERVA UN PORTON DE COLOR MARRON DE MADERA, DOS PUERTAS DE COLOR MARRON DE MADERA Y UNA VENTANA DE COLOR MARRON DE MADERA, 15) CALLE MARIA TERESA CARDOZO NRO 378 BARRIO SANTA BARBARA-HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS, CUYA PLANTA BAJA SE OBSERVA LA PARED CON REVOQUE DE CEMENTO, UN PORTON DE COLOR ROJO MATERIAL CHAPA, CINCO VENTANAS DE COLOR MARRON DE MATERIAL MADERA Y DOS PUERTAS MARRONES DE MATERIAL MADERA, 16) CALLE PUNTA MEDANO S/N, MANZANA AP13, LOTE 2, BARRIO 2 DE ABRIL, LOCALIDAD DE HUMAHUACA, 17) PUNTA MEDANO S/N, MANZANA AP13, LOTE 2, BARRIO 2 DE ABRIL, LOCALIDAD DE HUMAHUACA, 18) MARIA TERESA CARDOZOS/N BARRIO SANTA BARBARA- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA,CON REVOQUE DE COLOR GRISOSCURO, DOS VENTANAS DE COLOR MARRON DE MATERIAL MADERA, UNA PUERTA DE COLOR MARRON DE MADERA, MEDIDOR DE LUZ Y AGUA EN EL CUAL NO SE VISUALIZA NUMERACION, MEDIDOR DE GAS CON LA ESCRITURA M88L7, 19) CALLE BUQUE SAN ANTONIO BARRIO LA SOLEDAD- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA DE MATERIAL BLOQUES SIN REVOCAR, TECHO DE LOSA, 20) VIA PUBLICA 21) CALLE CHACO S/N BARRIO SAN CAYETANO- HUMAHUACA, CONSTRUCCION DE UNA PLANTA CON REVOQUE DE COLOR BLANCO, DOS PUERTAS DE COLOR ROJO DE MATERIAL MADERA Y UNA VENTANA DE COLOR ROJA DE TAMAÑO PEQUEÑA, CON NRO DE MEDIDOR DE LUZ ESCRITO CON CORRECTOR 3500, 22) CALLE ISLAS MALVINAS S/N BARRIO CONSTRUCCION DE ADOBE, CON PUERTA DE CHAPA COLOR NEGRO, CUYO MEDIDOR DE LUZ SE ENCUENTRA ESCRITO CON CORRECTOR CON EL NRO 12750, para proceder al registro y secuestro de elementos informáticos y celulares de uso personal de los imputados para geo localizarlos el día del hecho y cualquier otro elemento que tengan relación con el delito investigado, de conformidad a lo previsto en los artículos 218, 219, 225, 227 del CPP.

2.- Los elementos secuestrados deberán ser inventariados y quedar bajo la esfera de custodia del Ministerio Público de la Acusación de conformidad al artículo 229 del CPP.

3.- ORDENAR la DETENCIÓN de las siguientes personas: 1) MERCEDES ADRIANA MAIDANA,DNI N°24.849.780, 2) HAYDEE GRISELDA IGNACIO, DNI N° 25.159.409 3) FAVIANA LILIANA APAZA, DNI N° 29.599.258 4) ELSA ANTONINA LAMAS, 21.324.073, 5) ANTONIA NORA CARI,DNI N° 24.483.658, 6) GLADIS TOLAY,20.291.463 7) JORGE MAXIMILIANO NAHUM,DNI N° 36.378.310, 8) FRANCO AGUSTIN ZAMBONI, DNI N° 35.480.143, 9) RENZO BRIAN FABRICIO LAGUNA,DNI N° 39.230.991, 10) LETICIA IRENE LLOVERAS,DNI N° 20.610.872, 11) RONALDO ELISEO TAPIA, DNI N°41.042.330, 12) BRIAN RODRIGO TAPIA, DNI N°44.124.589, 13) MARISOL ELIZABETH CARI, DNI N° 43.791.141, 14) DARIAN ITALO YAMIL VILTE, DNI N°39.989.984, 15) FERNANDO MANUEL APAZA. DNI N°43.939.628, 16) GLORIA SELVA FLORES, DNI N° 33.603.905, 17) ALFREDO RENE CABANA, DNI N° 29.191.124, 18) GONZALO JAVIER ZAPANA, DNI N° 44.949.309, 19) DANIEL FLAVIO ARNALDO GONZALEZ, DNI N° 32.796.414, 20) JAIRO EXAEL JAVIER CONDORI, DNI N° 44.812.917, 21) JAVIER RODRIGO MENDEZ, DNI N° 21.834.299, 22) RENZO MARIO JULIO GUTIERREZ, DNI N° 38.471.189, de conformidad a lo previsto en los artículos 284 del CPP y por los fundamentos dados.

4.- Los detenidos deberán ser alojados en dependencias que asignará a tales efectos el Departamento Judicial de la Policía de la Provincia y a la orden de la Fiscalía actuante.

5.- Se comisiona al Sr. Jefe de la REGIONAL 3 de la Policía de la Provincia de Jujuy, y JEFE DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA para que con personal a sus órdenes cumplimenten la orden a librarse (Const. Pcial., art. 27 y Arts. 62, 218, 219 y 279 inc i del C.P.P.), pudiendo en caso de suma necesidad hacer uso de la fuerza pública; como así también labrar las actas de rigor. Las medidas ordenadas deberán ser cumplidas entre los días 04, 05 y 06 de julio del año en curso entre las 07:00 a 20:00 horas.

6.- Dar copia, hacer saber.

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