“POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN”
Encuentro en la Universidad de Invierno, presencial a CTA A y por zoom con todo el país, 03 de Julio de 2024
Correcciones y edición por Camila Ossorio Domecq para Argentina en Red
La Multisectorial Federal de la República Argentina convocó a las militancias y organizaciones multisectoriales de todo el país a esta serie de charlas de cada Equipo del Gabinete Multisectorial que están coordinando en la actualidad como insumo para el desarrollo de los Talleres Temáticos de Diálogo Territorial del 12 al 28 Agosto y cuya realización se da en las cinco regiones (NOA, NEA, Cuyo, Centro y Patagonia) del país, intercambiando con cuadros técnicos, profesionales y militancias en cada zona sobre sus especificidades.
Se adjunta también al final de este Informe la grabación realizada y transmitida En Directo el 03 de Julio de 2024 desde la CTA A, que facilitó sus instalaciones para la realización del ciclo de Charlas de esta Universidad de Invierno de la Multisectorial Federal de la República Argentina.
Enlace a la grabación de la charla completa al final del artículo
Panelistas: Dr. Eduardo Barcesat, Dr. Carlos Vilas y Dr. Jorge Francisco Cholvis
Coordinadoras del Equipo de Justicia y DD.HH.: Dras. Marcela Augusto, Eleonor González, Marta Masio y Nélida Soto
Apertura a cargo de Pablo Sercovich
Abrimos este Encuentro de Justicia y Derechos Humanos del Gabinete Multisectorial de la República Argentina, en el que está trabajando el Equipo de Justicia y Derechos Humanos, ya desde hace varios meses (como saben muchos de los compañeros que se están sumando de manera colaborativa con producción colectiva), trabajando en principio, durante la Universidad de Verano , durante esa serie de encuentros que han protagonizado en el mes de febrero sobre la legislación vigente en el caso de este equipo de justicia y Derechos Humanos, especialmente dedicados y dedicadas, toda vez que además la conflictividad exige el compromiso de todas las compañeras y compañeros del equipo en acompañamiento a las tantas situaciones que se han producido a partir de este proceso de violencia institucional.
Y mientras damos lugar a que se sigan sumando algunas compañeras y compañeros, ya son las 17 pasaditas, agradecer especialmente a Eduardo, a Jorge, a Carlos y a todas las compañeras y compañeros que hoy están presentes aquí en esta gloriosa C T A Autónoma, comentando que este es el segundo de los encuentros que estamos desarrollando desde la Multisectorial Federal de la República Argentina, en el marco de esta serie de charlas que van a transcurrir durante este mes de Julio y en la que cada uno de los Equipos del Gabinete Multisectorial ha invitado a distintos compañeros y compañeras a aportar sus miradas sobre estos temas conversando, debatiendo, reflexionando.
Pablo Sercovich, coordinador de la Multisectorial Federal de la República Argentina
En el día de hoy, muy especial para nosotros, tenemos intención por un lado, de conmemorar los 75 años de la promulgación de la Constitución del ’49, que como podremos ver estaba dotada de un espíritu totalmente distinto, casi diría contrapuesto del espíritu que reviste este Pacto de Mayo que proponen para la firma de los gobernadores, en el marco de un proceso de modificación de nuestro andamiaje jurídico encubierto entre este decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, esta Ley Bases y este RIGI y por eso, es especialmente importante prestar mucha atención hoy a esta conmemoración en voz de los compañeros Dres. Barcesat, Cholvis y Vilas que haremos sobre lo que fue aquel proyecto de país plasmado en el marco de una constitución dotándola de es andamiaje jurídico necesario que hoy nosotros, desde esta Multisectorial Federal de la República Argentina reclamamos como proceso Constituyente necesario en el marco de esta dinámica participativa que estamos intentando imprimir en cada una de las acciones que realiza esta Multisectorial Federal.
Decir que en el encuentro de ayer, a partir de la participación de las compañeras y compañeros, pudimos apreciar el marco en el que se están desarrollando estas actividades vinculadas con la problemática del Ambiente y del territorio y del extractivismo, al que hoy nos intentan volver a someter como concepto y como metodología de apropiación de nuestros recursos, de nuestros bienes comunes, de nuestras riquezas y que entonces concebir pensar en la posibilidad de darnos un proceso de debate de intercambio de producción programática en función de ese nuevo proyecto de país. Para eso es fundamental y es especialmente importante contar hoy con la presencia de estos compañeros que desde el punto de vista constitucional van a poder arrojarnos luz sobre estas posibilidades y sobre la mecánica que deberíamos nosotros adoptar para avanzar en ese sentido.
Y dejar abierta, por supuesto, nuevamente, la invitación a todas y todos al desarrollo de las próximas reuniones que tenemos previstas todos los lunes miércoles y viernes de Julio aquí en CTA por zoom para que puedan participar desde todas las multisectoriales desde todos las asambleas, agrupaciones, espacios, auto convocados, organizaciones, todas las militancias a lo largo y ancho del país, para poder luego dar el debate en los territorios sobre estas que con total generosidad los compañeros y compañeras de los Equipos del Gabinete Multisectorial nos van a ofrecer durante todo este mes de julio.
Para terminar, presentar a Marcela y a las compañeras y compañeros que coordinan el Equipo de Justicia y Derechos Humanos de esta Multisectorial Federal, agradecerles su vocación de servicio, su disponibilidad, su militancia, que nos permite en el marco de este eje de trabajo el desarrollo inclusivo participativo de todas las compañeras y compañeros que quieran sumarse a la tarea.
Hoy, sin ir más lejos, los 90 compañeras y compañeros inscriptos en esta charla fueron ya incorporados al Equipo de Justicia y Derechos Humanos del Gabinete Multisectorial y por supuesto, invitarlos a participar en el taller de Justicia y Derechos Humanos que se va a realizar durante el mes de agosto, al igual que el resto de todos los talleres, de todas las áreas, para que podamos darnos este intercambio y este debate sobre los importantes conceptos que hoy vamos a poder escuchar. Así que sin más y para que podamos avanzar ya directamente con la charla querida compañera Marcela en uso de la palabra.
Presentación del Equipo Justicia y DDHH a cargo de la Dra. Marcela Augusto
Dra. Marcela Augusto. A su izquierda, el Dr. Eduardo Barcesat (Julio de 2024)
Muchas gracias Pablo, buenas tardes y muchas gracias a todas y todos por estar presentes hoy. Quiero dar la bienvenida también a todos quienes están en el zoom y especialmente a los tres invitados del día de hoy, ya vamos a hacer la presentación oficial, simplemente quiero decir unas palabras antes respecto del Equipo de Justicia y Derechos Humanos que viene trabajando desde el año pasado y de manera contundente desde la Universidad de Verano en febrero de este año. Allí nos referimos a las leyes nacionales e internacionales en defensa de los DDHH amparadas en la Constitución Nacional, analizamos la evolución de nuestra historia constitucional, nos introdujimos en los conceptos de “fake news”, “lawfare” y “post-verdad”, y en el derrotero de cada día de los tres primeros meses del gobierno de Milei. Y lo hicimos punto por punto de cada decisión que vulneró los derechos humanos de los argentinos, acompañándolos desde que comenzó su gobierno con el DNU70/23, dando su primer discurso de espaldas al Congreso. Y enseguida las Leyes Bases, que ¡bueno! la primera fue truncada pero la segunda junto con el RIGI fue aprobada por ambas Cámaras del Congreso Nacional.
Trabajamos sobre el 24 de marzo del ‘76 y lo que significa el negacionismo de este gobierno, la quita de alimentos, medicamentos, la baja de salarios y jubilaciones, la reforma laboral y el remate de las empresas, el cierre de organismos tan necesarios como el INADI, el Ministerio de la Mujer, y en resumen la violación sistemática de la Constitución Nacional.
Contar también que acompañamos las distintas manifestaciones desde el paro general de enero de este año, contando que estuvimos en el Congreso cuando se trataba la primera Ley Bases y para el acto del 8 de marzo, en el Día Internacional de la Mujer, que estamos trabajando sobre el reclamo por las tarifas excesivas de servicios, y muchas otras cosas que también tenemos en carpeta. Pero como no queremos que nos manejen la agenda de trabajo, en esta oportunidad lo que pretendimos fue patear el tablero y darnos el tiempo para pensar un nuevo país. Vemos que Milei viene a avasallar los derechos de todos los argentinos, por eso es que decidimos empezar a trabajar en el futuro de la Patria porque la Patria No Se Vende.
Plaza de los dos Congresos- Capital Federal, Argentina, en la Era Milei
Y a partir de ahí entonces hacer esta Universidad de Invierno y convocar este panel de lujo, por supuesto para trabajar por un nuevo país y de darnos una nueva Constitución para ese nuevo Estado. Vamos a hablar entonces de la Constitución de 1949 en su 75 aniversario y dada la cercanía también del fallecimiento del General Perón al cumplirse 50 años de su partida.
Presentación de los Disertantes:
La Dra. Marcela Augusto presenta al Dr. Eduardo Barcesat
Voy a presentar en primer lugar al Dr. Barcesat, doctor en derecho, profesor titular consulto de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, y por supuesto, Convencional Nacional Constituyente de la Reforma Constitucional de 1994. Le agradezco infinitamente su presencia y le doy la palabra.
Disertación del Dr. Eduardo Barcesat
Bueno, buenas tardes compañeros, compañeras, me tengo que excusar por anticipado de que por recibir una notificación de que tengo un conversatorio para renovar mi designación de profesor consulto en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, le he pedido a los colegas que me dejen hablar primero ¡y bueno! generosamente, me lo han concedido. Tampoco voy a poder responder preguntas seguramente, porque tengo que llegar antes de las 19 horas para cumplir ese conversatorio que es la primera vez que me lo piden, pero bueno, serán las nuevas normas.
Reforma del ‘94
Bien, entrando en tema, yo creo que lo primero que debiéramos decir los que estamos acá reunidos es que todos propiciamos una nueva Constitución para la Nación Argentina, es decir, la experiencia del año ’94, como lo fue también en su momento la iniciativa de una reforma constitucional bajo el gobierno de Raúl Alfonsín, vinieron encorsetadas en leyes que determinaban que solamente se podían abordar los puntos contenidos en la ley declarativa de la necesidad de la reforma y que todo otro abordaje, iniciativa, propuesta, sería nulo, de nulidad absoluta e insanable, y que si no lo declaraba la Convención Constituyente los jueces quedaban habilitados para así declararlo.
Pacto de Olivos
Hubo una pequeña modificación a este encorsetamiento en la que se acordó a través del Pacto de Olivos, porque al enviar el núcleo de coincidencias básicas, que era el Pacto de Olivos, ahora rebautizado, como núcleo de coincidencias básicas, se introdujeron por ambas Cámaras del Congreso de la Nación puntos habilitados para la reforma que no eran parte del Pacto de Olivos. Con algún grado de humor, he bautizado a esta reforma constitucional como La bella y la bestia, la bestia fue el reparto de poder entre dos fuerzas políticas mayoritarias, donde Menem se llevó la posibilidad de la reelección y el radicalismo se llevó 11 senadores provinciales, sin pasar por ninguna elección.
El presidente Raúl Ricardo Alfonsín caminando junto a su sucesor a la presidencia, el Dr. Carlos Saúl Menem
Afortunadamente eso fue lo efímero porque la reelección se cumplió, los 11 senadores cumplieron la finalización de un periodo y mandato, en tanto que senadores de oposición y después ya quedó. Lo que sí se incorporó de manera permanente al texto constitucional del ‘94 por supuesto, no se pudo hablar de deuda externa, no se pudo hablar claramente de Soberanía, sobre riquezas y recursos naturales, pero el hecho de incorporar los principales Tratados Internacionales de Derechos humanos con jerarquía de cláusula constitucional y habilitar en un novedoso mecanismo que yo llamaría de incorporación constitucional que todo futuro tratado de Derechos Humanos que contara con dos tercios de los votos de los miembros que integran ambas cámaras automáticamente adquiriría la jerarquía de cláusula constitucional.
Y así ha operado efectivamente hasta el presente, con lo que podríamos decir que si uno mira la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas cada año emite una, yo haría una especie de mapa de los países y los Tratados Internacionales y en él, el casillero de Argentina es uno de los más completos, diría, en cuanto a grado de incorporación de esos Tratados Internacionales de Derechos Humanos, lo cual no significa ni remotamente que automáticamente el hecho de incorporar los Tratados comporte su vigencia efectiva, es decir, entre el incorporar llamémosla a la nube jurídica y llevarlos a la realidad de la vida material y cotidiana, hay un trecho muy largo, y ese trecho requiere medidas normativas complementarias, pero muy especialmente una política de Derechos Humanos que signifique articular todo lo que haga posible que esos derechos sean satisfechos en la dimensión del universal.
Libertades civiles y políticas
¿Qué queremos decir con esto de “en la dimensión del universal”? Queremos decir que estos derechos han sido pensados para todos o en su forma negativa: ninguno queda excluido de tal y cual cosa. Hay dos grandes Derechos Humanos, el primero de ellos por aparición histórica, los Derechos Civiles y Políticos o también llamado Libertades Civiles y Políticas, que tienen yo diría un grado de cumplimiento satisfactorio en la medida que el aparato de Estado no se ponga a encerrar, aboyar o aniquilar personas. En esa medida cumple en un 80% con las libertades civiles y políticas. No es tan sencillo como lo digo pero tengamos en cuenta que fundamentalmente es una libertad en función de que el Estado no interfiere en esas consagraciones normativas.
Pero viene un segundo conjunto que es el de los Derechos Económicos, sociales, culturales y hoy se le agrega inexcusablemente los derechos ambientales, que requieren que el Estado tome una actitud de compromiso frente a estos derechos, que incorpora en los textos sacrales de los Tratados o de las Constituciones o leyes de la Nación. Aquí el tema es que todos estos derechos comportan una obligación de resultado, dicho de la forma más sencilla, si está en la norma jurídica tiene que estar en la realidad de la vida material y cotidiana, si se afirma acceso a la vivienda, a la salud, al alimento, al agua potable, a un ambiente sano, bueno, significa que el Estado que puede ser tanto el Estado Local el Estado Provincial, el Estado Nacional y el Estado Internacional, porque cuando se trata por ejemplo, de una pandemia quedan convocados y obligados todos a respetar las directivas de los organismos que tutelan y aseguran la vigencia efectiva de estos derechos.
Resolución, Derechos Humanos, Estado de Derecho y Pandemia
Quiero citar a título de ejemplo que cuando la pandemia del covid-19, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en abril del 2020 saca una Resolución General “Derechos Humanos, Estado de Derecho y Pandemia”, quiero significar que de todas las resoluciones generales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que he conocido, ninguna tan completa como ésta, voy a dar un muy breve boceto:
El continente más desigual del mundo
De un lado comienza diciendo cuáles son los bienes jurídicos tutelados: la vida, la salud, el acceso a los medicamentos. Y además, conservar el Estado de Derecho, asegurando la plena vigencia del Estado de Derecho. Y se explaya primero en decir: “este continente suramericano es el continente más desigual de todo el mundo”, “tiene una enormidad de riquezas y recursos naturales” pero eso no significa que las condiciones de vida respondan con la cuantía de esas riquezas y recursos naturales, por lo tanto uno podría haber pensado que le tocaba África pero no, nos tocó a nosotros el Sayo. Somos el continente donde pocos reciben mucho y muchos reciben poco. Esta es la realidad de nuestro continente.
Población más afectada por la pandemia
Lo segundo es describir las poblaciones más afectadas por la pandemia muy bien descripta, por ejemplo cosa que uno ni habría pensado tal vez, como es la población penitenciaria, el tema de los menores, el tema de la discriminación, todavía vigente respecto de mujeres y niños, todo esto abordado con mucha franqueza y luego 80 propuestas sobre “qué es lo que tienen que hacer los Estados”. Yo voy a mencionar dos: una, suspender el pago de los servicios de la deuda y buscar la disminución drástica de la deuda externa de los países del continente americano.
Impuesto Especial a los ricos
La otra imponer un impuesto especial durante la pandemia, hasta lograr conjurar la misma, es decir, que los ricos aporten más durante la pandemia para facilitar que los medicamentos, las vacunas, tratamientos, lo que sea, y generado por el saber de los profesionales del arte de curar, fueran de acceso no conforme la capacidad económica, sino conforme la necesidad.
Primero los más comprometidos, precisamente el personal médico y paramédico, las personas mayores, enhorabuena, después por grado los niños y el resto de la población, creo que de esto poco fue lo que se cumplió, quizás tal vez la Argentina haya estado entre los que merecieron mayores y encomiosas referencias por la política respecto de la pandemia; recordemos que las vacunas fueron gratuitas, que se respetó este protocolo de prioridades, bien que eso se cumplió.
Obligación de resultado
Obligación de resultado: dice el autor intelectual del Pacto Internacional de Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en ese momento los ambientales, estoy hablando de la década de ’60, 1960 todavía no estaban incorporados con esta jerarquía, lo son ahora, pero en el momento en que se debate, sanciona y que se aprueba porque tiene que lograr un número de ratificaciones para entrar en vigencia, los derechos eran económicos sociales y culturales y este autor que nombro, un profesor noruego presidente del Instituto Noruego Vitalicio de Derechos Humanos Profesor Adolph Reiden, muy sencillamente dice: “La incorporación de un tratado de derechos económicos sociales y culturales implica para el Estado adoptar medidas de acción para garantizar que esos derechos sean efectivos”, porque “es aquello que puede ser genéricamente realizado”. Esto siguiendo a un autor del siglo XIX que decía: “Lucha por el derecho”, era Rudolph Pontier.
Derechos
Pero él lo retoma especialmente para estos derechos, con la aclaración de que esos derechos, esa realización en la dimensión del universal no deben depender de la capacidad económica de los sujetos, sino del grado de necesidad, tal como después se plasma en esa resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Bien, y qué más dice este autor, dice: “miren, si fueran solamente una cuestión de proclama, los derechos serían o un discurso político o una monserga moral”. Pero no, derecho es aquello que puede ser exigido.
Bueno, como tuve el privilegio de tener dos invitaciones a este Centro Noruego de Derechos Humanos que les aclaro, que es tan importante que todo proyecto legislativo pasa antes por el Instituto y sólo si es aprobado por el Instituto se lleva al parlamento para su debate. Bueno, pero esto es en Noruega, no acá. Pongamos la cosa en claro, podríamos tomar el ejemplo, y me permití agregarle algo a esta noción, la palabra más importante en la política de Derechos Humanos, que es la palabra ACCESO, esta palabra “acceso” no estaba en el constitucionalismo de origen, el siglo XIX y XX, se incorpora con el constitucionalismo social, ya después mis queridos co-expositores van a hablar sobre esto, sobre todo por la Constitución de 1949 que inaugura en la Argentina el Constitucionalismo social.
Acceso
¿Qué significa la palabra “acceso”? Bueno, significa que a aquello que está en la norma hay que llevarle razón, estamos hablando del acceso, pero ¿acceden quiénes? ¿y los que están desposeídos? Si yo tengo el derecho, no tengo necesidad de reclamarlo, pero si el derecho está en la norma y yo no lo tengo, lo reclamo, lo exijo. Esto significa la palabra y la palabra “des” significa que hay algo que anda mal y que no hay que buscar el responsable de por qué anda mal, hay que resolverlo, se anda mal si yo digo los “sin techo”. ¿Quién es el responsable de los sin techo en la Argentina? Bueno, hoy podríamos decir todo el gobierno y no nos equivocaríamos en ir y retroceder y así finalmente terminaríamos en Adán y Eva. Lo que interesa es saber que hay gente que no accede al alimento adecuado, que no accede al agua potable, que no accede a los servicios de salud y a la provisión de medicamentos.
El Estado se tiene que acercar. Esto es lo que significa “Derechos Humanos”, y eso en el Derecho, y esto es una palabrita un poco difícil pero tengo que decirlo, porque carece de rigor y es la antijuricidad objetiva que significa que hay algo que está mal y que no me pongo a investigar.
¿Por qué está mal? Basta que yo constate la necesidad siendo autoridad Estatal, o que me la hagan conocer por reclamo y yo tengo que ir y resolverlo y no hay otra, esto es Política de Derechos Humanos, los otros son catálogos, podríamos juntar todos los textos de Derechos Humanos ponerlo en un CD o en una pendrive, denominarlo Declaración Argentina de Derechos Humanos, primer país en juntar todos los Derechos Humanos en un catálogo, pero de ahí a que eso después esté en la realidad bueno, vaya.
cc
Esta es la tarea que tenemos ahora los cientistas sociales, la política y la humanidad toda y entre ellos y dramáticamente, la valorización de la naturaleza como sujeto de derecho y que esos derechos ambientales se realicen efectivamente, si no se acabará con el planeta tierra y por ahora no hay planeta B para que vayamos a habitarlo o a estropearlo, de modo que esta es la tarea.
Lo que quiero significar ahora, es qué importancia tienen estos derechos tanto los civiles y políticos como los económicos, sociales, culturales y ambientales, ¡tanto! que tenemos un presidente que desconoce los derechos ambientales, dice que son “monserga de zurdos”, bueno, tenemos que bregar por esto y a esto quiero referirme con especial atención, a estos dos cuerpos normativos con que desgraciadamente se inició la gestión de este gobierno y qué es lo que se puede hacer desde la justicia frente a ello, más ahora que tenemos, no digo la conciencia del fracaso total, pero por lo menos un fracaso de más de 75 años, en lo que hace la labor del Congreso de la Nación.
Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23
¿Qué es el Decreto de Necesidad y Urgencia? Bueno, primero tengo que decir qué no es un decreto de necesidad y urgencia. En todo caso, podría llamarse “decreto de innecesidad e insurgencia institucional”. Eso sería lo más correcto, ¿Por qué? Porque al momento que el Señor Presidente de la Nación jura su cargo ya está integrado el Congreso de la Nación porque han jurado previamente los legisladores de ambas Cámaras, por lo tanto, podrían haberse abocado mediante convocatoria que la anuncia además en su discurso del 10 de diciembre dado de espaldas al Congreso, que ya era todo un símbolo de lo que venía.
De facto, haciendo uso y abuso de “Decreto(s) de innecesidad e insurgencia institucional”: al momento que el Señor Presidente de la Nación J. Milei jura su cargo ya está integrado el Congreso de la Nación porque han jurado previamente los legisladores de ambas Cámaras por lo tanto, podrían haberse abocado mediante convocatoria, que la anuncia además en su discurso del 10 de diciembre dado de espaldas al Congreso, que ya era todo un símbolo de lo que venía.
Bueno, este hombre (por Javier Milei) cinco días después, en lugar de convocar a sesiones extraordinarias, convoca a una mesa un poco más pequeña donde está con sus laderos y una especie de momia instalada allí que es Federico Sturzenegger al que le están fabricando un ministerio ahora, y anuncia un decreto de 330 y pico de artículos, que va a ser girado y que están las primeras medidas y que prontamente se va a complementar con otro proyecto y bueno, uno recibe el mamotreto y dice caramba, suponiendo nada más que para destrozar el argumento, en caso de haber realmente necesidad y urgencia, estando el Congreso en funcionamiento por el juramento de los congresales, ya no era necesario el decreto, y si hubiera necesidad y urgencia, saber que hay cuatro materias que le están taxativamente vedadas a los decretos.
Las 4 materias vedadas
La materia penal, con la que se cae el Protocolo de Bullrich, la materia tributaria, se cae todo lo que regularon sobre impuestos, en ese decreto la materia régimen de los partidos políticos no se tocó pero sobre el régimen electoral sí se tocó, trayendo como una urgencia pasar a la boleta única. Bueno, aquí seamos claros. Lo que debe aplicarse del texto constitucional no es la normativa excepcional de los decretos de necesidad y urgencia, sino el párrafo que lo antecede, que es el artículo 99, inciso tercero, segundo párrafo, que dice: “El Poder Ejecutivo en ningún caso (el cuantificador universal de negativo) -en ningún caso- podrá emitir disposiciones legiferantes bajo pena de nulidad absoluta e insanable”. Esta es la cláusula en la que todos los constitucionalistas coincidimos que debió serle aplicada, primero en el Congreso y si fracasaba en el Congreso, en el Poder Judicial a este producido espurio, además, lesivo de las cuatro materias que están vedadas por el texto constitucional para los decretos.
El envío al Congreso
Pero bueno ¿qué ha pasado? Ha pasado que lo enviaron vencido todo plazo, se lo mandaron al Congreso, ya con eso afectaron la ley regulatoria sobre el tratamiento de estos decretos. Después entró en vigencia no al día siguiente, que si era de necesidad y había urgencia, tendría que haberse dicho: se publicará y al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial entraba en vigencia”. Pero no entró en vigencia sino ocho días hábiles después, como dice el Código Civil y ¿lo que es más gravoso? No dice dónde se originó este decreto ni qué autoridad jurídica dictaminó.
Sobre la legalidad del mismo, hay requisitos en la Ley de Procedimientos Administrativos que le pone a todos estos productos de pretensas normas legiferantes, por lo tanto, la Ley de Procedimientos Administrativos dice también que son nulos de nulidad absoluta e insanable. En el debate que tuvimos en el Congreso de la Nación, convocado por un grupo de diputados (no todos por supuesto) y tan parcial era, que nos cortaron el audio y la televisación del mismo la tuvo que habilitar con su cuenta particular la diputada Cecilia Moreau, para que pudiera seguirse transmitiendo a la opinión pública. Allí todos los convocados coincidimos en invocar el artículo 99 inciso tercero segundo párrafo como causal de nulidad absoluta e insanable.
De mi parte agregué otra norma constitucional que para mí es quizás una de las incorporaciones más valiosas de la reforma del año ’94, que es la cláusula del deber de obediencia a la supremacía de la Constitución Nacional que condena los hechos de violencia institucional que subsumen esa supremacía constitucional y de la forma más grave, es decir, con remisión al artículo 29 de los Infames Traidores a la Patria, que también establece la nulidad absoluta e insanable de esos actos, la inhabilitación a perpetuidad a ocupar cargo o función pública, y la imprescriptibilidad de la acción penal y de la civil resarcitoria y que le reconoce en el último tramo del artículo, el derecho al pueblo argentino de resistir estos hechos y actos de violencia institucional.
Mis colegas de debate dijeron, bueno, pero eso está para los golpes de estado militares, sí, es cierto; está para los golpes de estado, con esa idea fue creado, pero cuando un poder con legitimidad de origen transgrede los límites reglados de sus incumbencias constitucionales para apropiar los de los otros poderes del Gobierno Federal, amigos míos, la Constitución deja de regir en la misma medida y el Poder Ejecutivo, este dictatorial y avasallante, se ha fagocitado las autoridades del Congreso de la Nación, y esto es visible hasta para un patronato de invidentes. Y lamentablemente ha transitado, está ocurriendo, sin que el Congreso en la Cámara de Diputados, logre culminar el proceso de nulifica absoluta e insanable, que sí se declaró en el Senado.
La Ley de Bases y Propuestas
Bueno, llegó a los pocos días después, la otra la ley pomposamente llamada de Bases y Propuestas ¡pobre Alberdi! afanar el título de su libro para eso, técnicamente se ve que la hicieron otras manos porque es mucho más pulcro el trabajo, desde el punto de vista del lenguaje normativo, etcétera. Pero es peor todavía, porque es una ley de la cual a Milei, yo estoy seguro, le interesaban solamente los dos primeros artículos, declarar una emergencia pública y darle las facultades delegadas al presidente. Si después tenía 300 400 200 o 20 artículos le importaba tres pepinos y voy a dar el ejemplo con las palabras recientes de Milei, a poco que se aprobó en la Cámara de Diputados con errores garrafales, que seguramente los abordarán, no quiero excederme en el tiempo de mis colegas, errores garrafales desde el punto de vista de votación en las respectivas Cámaras.
Bueno, qué dijo Milei, “todo lo que no salió lo voy a poner por decreto”, es decir, ya él dijo que le importa tres pepinos. Me basta con que me hayan dado la declaración de emergencia y las facultades de emitir decretos delegados, con eso los voy a arruinar igual.
En el Derecho, en un plano serio, se dice que la actitud de una persona después que ha celebrado un acto jurídico o la forma en que se comporta es la mejor pauta para interpretarlo, qué tuvo en cuenta al momento de contraer o generar ese acto jurídico, lo describe. Esto se aplica también en el derecho público, el intérprete auténtico de lo que se votó en el Congreso hay que decirlo, es Javier Milei, con esto hago tabla rasa con el Estado Nacional, del que pocos días antes había dicho, “soy un topo vengo a destruirlo” y “soy Terminator”; bueno algo de las dos cosas tiene: de topo y de Terminator, es horrible en todos los aspectos pero está haciendo esto, está destruyendo el Estado Nacional.
Y frente a esto: ¿Cómo peleamos? Bueno, está el otro tema de nuestra convocatoria, la Justicia, mejor decir, el Poder Judicial. El Poder Judicial ha retraído enormemente lo que era su jurisprudencia en materia de derechos de incidencia pluripersonal o colectiva. Allá lejos y hace tiempo hubo un fallo o no tan lejos, que fue el “Fallo Halabi”, al poco tiempo de haber salido la Ley espía, poco después de la voladura de las Torres Gemelas en Estados Unidos. Bush dijo: “están conmigo o están contra mí” y mandó un proyecto de ley espía, para que hubiera un sistema que interfiriera en todas las comunicaciones y que frente a una palabra como “bomba” o “va a estallar” inmediatamente, el que la pronunció a los 10 minutos tuviera un equipo Swat entrándole por la ventana o el techo para aniquilarlo, esa era la Ley espía. Aquí tocó en tiempos del presidente Néstor Kirchner quien no la reglamentó.
El Amparo
Kirchner sospechaba que había algo raro y un abogado muy hábil por cierto, el doctor Halabi, promueve un amparo para que esa Ley espía se declare inconstitucional, llegó a la Corte y la Corte hizo lugar a la declaración de inconstitucionalidad, sin que haya entrado en vigencia la ley. Esto es muy importante, es decir, no había ningún acto concreto que lo agraviara, basta que estuviera en la ley y esta ley era peligrosa para todo el pueblo, se hizo lugar al amparo y se declaró la inconstitucionalidad y se la declaró erga homnes. Es decir, para todos los argentinos, no hacía falta que venieran otros atrás a reclamar, yo ya lo dispongo para todos, porque esta ley afecta a todos. Bueno, obviamente que esta doctrina se podría haber aplicado con las primeras acciones judiciales que enderezaron contra el decreto 70/23.
En el DNU 70/23 hasta ahora, lo único que se ha logrado de la Justicia, no de la Corte, de escalones del Poder Judicial, es que se suspenda el DNU respecto del tema laboral, respecto del tema de la ley de tierras y respecto del tema farmacias, medicamentos que no se vendan en los kioscos, pero todavía no tenemos un pronunciamiento definitivo y en lo que podría haber sido el primer caso indiscutible de pertinencia de ir directamente a la Corte, que fue el reclamo que promovió la provincia de La Rioja. La Corte dijo que no iba a abordarlo porque no le veía un interés particular al gobierno de La Rioja que no le paguen la coparticipación Federal, cosa más cínica no he visto en mi vida. Pero eso sí, se reservaron dar alguna palabra sobre la validez del decreto, cuando llegue como tiene que llegar, pero esto aplicado a todos los juicios que estamos llevando adelante, porque estamos participando en varios juicios de la ley de tierras, y en diversas manifestaciones de este decreto, como por el Correo o por la agencia Télam.
Esta doctrina, indicando ahora todos los jueces federales si no es un daño personal, usted no puede venir a reclamar que se preserve el Correo Argentino, a pesar de que es un derecho de consumidor y usuario que obviamente es un derecho colectivo pluripersonal, o de la agencia Télam lo mismo. Mientras usted no me demuestre que si no tiene una noticia de agencia Télam no hay daño, entonces no hay interés afectado. En definitiva nuestro Poder Judicial está muy atrasado, pero no tenemos otra cosa.
Cierre del Dr. Barcesat
Cierro diciendo esto como premisa: Primero, en este momento para los sectores populares y progresistas, aún con las limitaciones que tiene la reforma del año ’94, tenemos que apropiarnos de la institucionalidad y combatir desde esa institucionalidad, porque si no vamos a una guerra civil, donde los más damnificados van a ser estos sectores populares y progresistas. Lo digo a conciencia: Yo no puedo decirle a la gente salga a la calle que no pasa nada, como a todos, me duele lo que le ha ocurrido, a los que sufrieron gases lacrimógenos, balas de goma, palazos, pedradas, lluvia, todas las del Protocolo Bullrich. Creo que además de decir, estamos ejerciendo el derecho de protesta, estamos ejerciendo también el derecho de resistencia a la opresión que consagra la norma del deber de obediencia a la supremacía Constitucional.
Pienso que debemos generar una avalancha de acciones de cuestionamiento de lo que está en el Decreto 70/23 y de lo que quedó en la Ley Bases, antes de que salgan a desparramarnos día a día, toneladas de decretos que invadan todas aquellas materias que estos legisladores, yo los llamaría como los llamaba un filósofo argentino, Carlos Astrada, expertos en descular hormigas a la rolona; es decir, dijeron “no 3% de regalía por la explotación de nuestra riqueza” “no, el 5%”, creyendo que con eso habían dado una batalla fenomenal, un hijo putismo absoluto, o ignorancia o las dos cosas juntas. Entonces la Justicia va a ser un escenario de lucha y creo que habría que conformar un equipo porque esto excede la dimensión que podamos pensar de cualquier elenco que actúe aislado o individualmente. No vamos a dar abasto, lo digo de antemano, de manera que las organizaciones populares tendrían que hacerse cargo de que hay que montar una estructura para un cuestionamiento lo más sólido, lo más académicamente contundente para favorecer la lucha popular y la movilización, que por supuesto, no puede ser abandonada.
Ulises en la Odisea de Homero
Hace poco me invitaron a un festejo de los 30 años de la Reforma ‘94 con todo un elenco absolutamente diferente del que está acá. Y para concluir, (dije y lo voy a repetir ahora) quiero tomar la imagen de Ulises en La Odisea, de Homero y pensarme que todos tendríamos que atarnos al mástil de la nave, para no caer seducidos por el canto de sirena que nos lleva hacia la zona del naufragio, frente a los arreos y las rocas que las sirenas propician. Nosotros tenemos que aferrarnos a la Supremacía Constitucional, hacernos cargo del Estado de Derecho, hacernos cargo de la División de Poderes que es su piedra fundamental y exigir que cada Poder ejerza esas facultades que la Constitución le confiere y que se dejen de decir bobadas o de pensar que porque le rasguñan una norma, con eso ya le provocaron un daño al poder real, que está destruyendo nuestra institucionalidad, con el fin único y preclaro de entregar nuestras riquezas, nuestros recursos naturales, el territorio y la soberanía legislativa y jurisdiccional, porque se les garantiza a los que vengan a poner 200 millones de dólares acá, que la ley y la jurisdicción la eligen ellos, la ley Argentina no se aplica, la jurisdicción Argentina no se aplica y en esa misma medida se han destrozado dos capítulos enteros de la Constitución Nacional, gracias.
Dra. Marcela Augusto presenta al Dr. Carlos Vilas
Muchísimas gracias Dr. Barcesat y vamos a continuar entonces con el Doctor Carlos Vilas. Es doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales de la UBA, Magister en Ciencia Política y Administración Pública de FLACSO, fue director del ETOSS (Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios), es Profesor Universitario en la Universidad Nacional de Lanús en Gestión de Políticas Públicas, autor y coautor de 19 libros en varios idiomas y tenemos la suerte de tenerlo hoy acá, así que lo vamos a escuchar y desde ya muchas gracias.
Dr. Carlos M. Vilas (Julio 2024)
Disertación del Dr. Carlos Vilas
Una Constitución no es un documento jurídico
Miren, yo quisiera retomar el tema originario, la convocatoria que se me hizo a mí, que fue la Constitución del ’49, desde una perspectiva política porque una Constitución es una cuestión política y cuando decimos que es una cuestión política es una cuestión de relaciones de poder; la Constitución como el librito, es más que un librito, es la expresión jurídica de esa relación de poder. La Constitución es un documento político que expresa jurídicamente una estructura de poder y yo siempre he partido para analizar estas cuestiones, con una frase de un viejo filósofo que dice que “el ser humano goza de tantos derechos, como de poder dispone”.
Está bien enunciar los derechos y podemos escribir y encontrar uno, yo soy abogado, claro o ex abogado, siempre encontrar un abogado a mano que va a poner por escrito un montón de cosas hermosas, pero el tema es qué capacidad, qué fuerza tienen aquellos destinatarios de esos derechos escritos, para que esos derechos sean algo más que un verso, qué lo que honestamente nos ha planteado el doctor Barcesat, nos ha hablado un hermoso verso, pero que carece de correlato en la vida real, entonces me parece que una forma es entrarle a la Constitución del ’49, si queremos hacer de la Constitución del ‘49 algo más que un mito. Así que la Constitución del ‘49 está cumpliendo 75 años yo creo que salvo Barcesat y yo, nadie aquí llega a los 75 años.
Arturo Sampay y la Constitución Nacional de 1949
La Constitución de una sociedad que ya no existe
Entonces esto para que dimensionemos cuando decimos 75 años. ¿Qué queremos decir? Queremos decir que es la Constitución de una sociedad que ya no existe, de un mundo que ya no existe. No queremos decir que su contenido sea irrelevante, no, porque fue la expresión que se dio Argentina en ese mundo de hace 75 años, de derechos que son permanentes. Y esa Constitución tiene tres pilares cuatro pilares si ustedes quieren básicos, fundamentales que son Justicia Social, Independencia Económica y Soberanía Política y una amplia visión de lo que la propia Constitución llama cultura nacional. El tema entonces, para entender la permanencia de esa Constitución después de 75 años no es simplemente repetir como una plegaria o como un verso su contenido, sino tomar lo que hay de permanente en esa Constitución que son la Justicia Social, la Independencia Económica, la Soberanía Política y la promoción de la Cultura Nacional.
Cultura Nacional
Y uno puede decir (acerca de la) “cultura nacional”, que era una cosa hace 75 años y ahora es otra, por ejemplo: Los redondos y el Indio Solari son cultura nacional, sí ahora obvio. ¿Quién va a discutir eso? Pero era un estilo musical y un tipo de poesía inimaginable antes.
Por qué es Cultura Nacional
¿Por qué decimos que es Cultura Nacional? Por lo que expresa, por lo que plantea, por su bronca frente a las injusticias y qué es una sociedad justa, bueno, eso varía con la época, hay muchas cosas que en el siglo XIX eran consideradas normales, justas, digamos, la falta de derechos de las mujeres era normal. Vaya usted a decirle a mi abuela que murió hace mucho y ya de viejita que su situación había sido injusta, no, pero si tu abuelo me quería mucho y si abuela pero….
Expresión Real y Significado Real
Si queremos darle expresión real y significado real y que le lleguen a esos millones de argentinos y argentinas, que no sólo tienen menos de 75 años, tienen menos de 40 y de 30 años, porque Argentina hace 75 años tenía 16, 18 millones de habitantes, hoy somos casi 47, tres veces más.
Justicia, Independencia, Economía y Soberanía
Entonces, la forma en que nosotros concebimos, consideramos y practicamos la Justicia, la Independencia Económica y la Soberanía Política, no puede ser la de hace 75 años, por eso cuando Perón vuelve de manera definitiva en el año ’73, lo que plantea es un proyecto de reforma constitucional que lamentablemente no pudo cuajar, porque al año siguiente murió, pero hubiera sido recuperar la Constitución del ‘49 después que fue fraudulentamente anulada por la Revolución Libertadora.
Cambio Climático y Medio Ambiente
De hecho, Perón elaboró mucho una serie de desarrollos que estaban implícitos pero no explícitos en la Constitución, por ejemplo, el tema del cambio climático y el medio ambiente. En el año ‘72 Perón manda un documento a todos los Jefes y Jefas de Estado planteando el carácter urgente cada vez más grave del deterioro ambiental, en el año ‘72. Entonces hoy la Justicia Social es una cosa mucho más compleja que hace 75 años.
Soberanía Política
¿Qué es la Soberanía Política? Y es algo que hay que trabajar en serio ¿Por qué? Y porque ya no existe la posibilidad de una tercera posición, ya la Unión Soviética no existe, ya Gran Bretaña entró en retroceso, entonces: ¿tercera posición respecto de qué? de Estados Unidos y de China. Bueno, pero son las cosas que tenemos que discutir; no se trata solamente de recitar los derechos formales que tenemos, sino de pelear por ellos, en función de cómo somos nosotros y nosotras aquí y ahora, no hace 80 años y sobre todo mirando hacia delante.
Nacionalización del Banco Central
¿A dónde va este país? ¿adónde nos llevan? ¿adónde queremos que vaya? Ese es el sentido que se tiene de analizar críticamente, es decir, haciéndole preguntas a la Constitución del ‘49. Porque -fíjense ustedes- gran parte del contenido que figura en la Constitución fue elaborado antes de la Constitución, la nacionalización del Banco Central se hizo en el año ‘45/’46 o el Consejo de Posguerra.
Primer Plan Quinquenal
La primera experiencia de planificación que tuvo Argentina data del año 1947; el primer Plan Quinquenal y la declaración de la Independencia Económica del año ‘47 es decir, la Constitución lo que hace es recoger decisiones y actos políticos, que ya se habían dado a partir del golpe militar del año ’43, en el cual obviamente Perón tuvo una participación importantísima y todo lo que se avanzó.
Participación de la mujer
Todo el derecho de las mujeres al sufragio es del año ‘47, es gracias a la Constitución del ‘49 que la mujer empieza a participar. Es interesante, porque fíjese, la primera elección que ganó Perón que fue en febrero del ‘46 donde Perón ganó por centésimos. El peronismo, como movimiento político electoral masivo se debe a las mujeres en la elección presidencial que en la que por primera vez la mujer emitió su voto, entonces, la perspectiva y todos estos avances en materia de derechos que fueron de práctica efectiva se dieron a partir de un acto insurreccional popular que fue de octubre, que explicita la vinculación directa que se da entre esas masas trabajadoras insurgentes y la conducción personal porque en todos estos movimientos populares masivos existe siempre una diligencia personal, un líder, no hay experiencia ni en América Latina ni en ninguna parte del mundo donde la cosa sea así con esa especie de carnaval, no, aquí vamos todos juntos sí todos juntos: pero alguien tiene que decir hacia dónde y de qué manera es de la organización.
La Organización
Es una herramienta de poder repito, la organización es una herramienta de poder, sin organización no hay cohesión, todos vamos por la libertad, es decir, la idea del individualismo reciclado en el marco de derechos colectivos es la vieja concepción del liberalismo, cada quien es soberano, sí, es soberano individualmente, pero estas son cuestiones de todos y de todas, eso es lo que hace la Constitución del ‘49 y toma experiencia sin duda, porque tampoco fue un invento argentino como la birome o el dulce de leche de otros ejemplos.
La elaboración técnica jurídica de esa Constitución fue hecha por un grupo de asesores, juristas, economistas, filósofos, que sabían lo que estaba pasando en otros países; el antecedente más claro es la Constitución Mexicana de 1919, en lo que se refiere a la nacionalización de los recursos naturales y de los grandes recursos hidrocarburíferos; la Constitución cubana del ’40, la Constitución Boliviana del ‘38; es decir, se fue tomando de aquí, de allá, pero ¿de dónde se tomó, de experiencias de saco y corbata? No, sino de movimientos revolucionarios populares, de campesinos, de obreros, de sectores depauperados, y eso es la Constitución del ’49.
La Revolución Libertadora
Por eso uno se encuentra que lo primero que hace la Revolución Libertadora es voltear esa Constitución, pero esa Constitución del ‘49 ya se había hecho carne en el pueblo argentino entonces, desde el punto de vista político, es el producto de una nueva correlación de fuerzas sociales y políticas y esa correlación puede ser progresiva o regresiva, de hecho la jugarreta del enfoque jurídico, es el de acotar toda posibilidad de innovación y transformación por una serie de procedimientos, como por ejemplo: la Asamblea Constituyente sólo puede tratar los temas que han sido previamente acordados, es decir, la búsqueda de una nueva correlación de fuerzas tiene los alcances que define la vieja correlación de fuerzas, eso no es una reforma, no es una revolución, eso es un enjuague, hasta aquí llegas, hasta aquí, de aquí para adelante no. Y ¿por qué no? Si lo dice la Constitución que queremos renovar, y bueno, sí, ¿pero querés hacer, una revolución? ¡No! Si los abogados no han hecho ninguna revolución.
Los Derechos y la Constitución del ‘49
Entonces, vuelvo al principio. Los seres humanos tenemos tantos derechos como poder creamos y ejercemos, el gran desafío de la Constitución del ‘49 fue asentarse en una correlación de fuerzas políticas totalmente novedosas, que fue no solamente la incorporación de los trabajadores, de las mujeres, sino también de los sectores medios, de toda una generación de industriales bajo las limitaciones que planteaba el capitalismo oligárquico, creo que ese es el contexto en el cual tenemos que analizar y valorar la Constitución del ‘49.
Y no simplemente como un acto de nostalgia, porque insisto, la Constitución del ‘49 fue la culminación de un proceso de reformas políticas, sociales, económicas previas de activación de una coyuntura internacional, ahora no caigamos en el mito idealista, sin dudas bien intencionado, pero mito al fin, de pensar que la Constitución del ’49, en vez de ser la culminación de un proceso de transformación política, puede llegar a ser el punto de partida.
Los mexicanos se tomaron 7 años desde la revolución para la Constitución; los cubanos también después de la revolución del ‘33 tuvieron que hacerla recién en el ‘40 y se le vino abajo porque no había suficiente base social que la sostuviera.
Correlación de Fuerzas
Entonces, si nosotros queremos tener una Constitución que exprese una correlación de fuerza conducida por los sectores trabajadores, sectores medios, industriales, etcétera, tenemos que empezar por generar una fórmula de poder, es decir una organización, una generación de poder político que exprese los intereses, las aspiraciones, las ambiciones de esos sectores sociales en el mundo del 2024, en adelante no para atrás. Tenemos que mirar para atrás simplemente para saber cómo nos fue. Mirar alrededor nuestro para saber dónde estamos. No estamos ni en el ‘45 ni en el ‘55 ni en el ‘73 ni en el 2001, no. Estamos en el ‘24, con la característica que desde el punto de vista jurídico mencionó el Dr. Barcesat y a dónde queremos ir con todo lo que esto significa, y decir que debemos preguntarnos qué piensan los chicos y las chicas hoy.
Porque somos grandes y algunos somos bastante grandes, llamados adultos mayores, somos viejos, la tercera edad, pero digamos con todo respeto, afecto y cariño, yo tengo una alta estima por mi generación pero y los chicos y las chicas, ¿qué piensan de esto? Porque decimos: ¡qué barbaridad, Milei sacó el 30 % y pico! A ver ¿y por qué? ¿Cómo es posible? ¿Qué tiene que ver ese creciente individualismo? ¿Qué hay en el aparatito? ¿Es el TikTok?
Eso es mentira, es decir, ya nadie escribe cartas que cuentan, todos mandan mensajes por WhatsApp, no más de 40 caracteres, no podes escribir una carta ni de amor ni de odio con dos pulgares, pero eso te aísla yo veo en la UBA y estoy seguro que Jorge Cholvis lo mismo; es decir, ya los muchachos no se juntan para estudiar, no, y sí, pero es eso, si tenemos que hablar de Justicia Social para chicos y chicas y jóvenes y jóvenas y otros no tanto, puede ser como hablar en japonés porque su experiencia es otra ahora, nosotros en los últimos 20 años hemos auspiciado esa experiencia.
El Estado como expresión del Poder Nacional
Entonces fíjense ustedes en tiempos del ’49, el Estado como expresión del poder político nacional podía incidir en los contenidos de información que circulaban. Eso se acabó y qué bueno, ¡qué bien! Ahora todos tenemos microempresas de información como es el WhatsApp, realmente el riesgo del autoritarismo de entonces era real, ahora no hay censura autoritaria, el policía lo tenemos aquí adentro y si no lo tenemos aquí adentro del celular, Patricia (Bullrich), se encarga de recordarlo. Entonces el tema me parece a mí, es asumir que estamos frente a un tremendo problema político, donde no sólo que también afecta a las organizaciones populares y lo estamos viendo, porque antes uno decía bueno la política es la relación entre buenos y malos, amigos y enemigos, a ver quiénes son los amigos que hay en el Congreso en este momento o en el federalismo en este momento y eso va a todas las expresiones políticas de la Argentina.
Eso se refiere no sólo al peronismo sino al socialismo, al comunismo. Bueno, ya no hay más comunistas salvo algunos, a los radicales, es decir, hay una fragmentación y esa fragmentación beneficia al poder porque esa diferenciación es división y eso es perder el tiempo en conflictos internos, mientras el adversario avanza y avanza, avanza, y nosotros a falta de argumentos críticos, nos dedicamos a reírnos. Miren qué barbaridad las tonterías que dicen éstos; sí sí sí dicen tonterías, dicen locuras, pero ¡ojo! la versión actual de la vieja oligarquía que es el capital financiero nacional lo usa como mascarón de proa, pero ¡olvidate! no es el mascarón de proa el que dirige la orquesta, ¿no? es el poder real, eso es lo que tenemos que tener claro si realmente queremos generar poder propio, poder popular en su sentido más amplio y retomar y dar contenido de Siglo XXI a los viejos pilares viejos y permanentes pilares de la Constitución del ’49, Soberanía Política, Independencia Económica y Justicia Social. Eso es todo.
Dra. Marcela Augusto presenta al Dr. Jorge Cholvis
Muchas gracias Dr. Vilas. Para finalizar, voy a presentar al Dr. Jorge Francisco Cholvis: él transita la senda de la Historia, la Economía y la Política Económica, con especial atención en el plano Constitucional. Ha sido invitado por el doctor Arturo Sampay para ser adjunto de su cátedra de Derecho Constitucional Argentino. Es autor de innumerables libros y profesor universitario en distintas universidades. Pero quiero destacar especialmente que es miembro del Observatorio de la Deuda Odiosa e Ilegítima de la República Argentina, con todo lo que eso significa. Con ustedes, el doctor Cholvis.
Dr. Jorge Cholvis
Disertación del Dr. Jorge F. Cholvis
¡Hola! Muchas gracias a todos ustedes por la posibilidad que me dan para en este tiempo tan particular de nuestro país, avanzar en estas cuestiones que son esenciales para el desarrollo político económico y social en función de lo que han manifestado y especialmente Carlos, voy a traer dos o tres palabras de Perón para luego ingresar al tema de la conferencia que es el pensamiento de Perón, la Constitución del ‘49 y la nueva Constitución.
Discernimiento
Perón hablaba de discernimiento, la importancia del discernimiento para que las masas populares no sean engañadas como están engañadas hoy día la Argentina, y a su vez también, en el año 1953 Perón lo hablaba, dicen que los tiempos han cambiado, vemos lo que ha cambiado y lo que no ha cambiado, es el tema del poder concentrado a través de los sectores dominantes, el esquema de los países que efectúan políticas imperiales no ha cambiado, por eso la Constitución del ‘49 es la gran oculta, no integra los antecedentes constitucionales de la República Argentina, es la gran ocultada en el ’94, se la pasaron con esa metástasis ideológica que aterriza en la Argentina con la generación de Constitución neoliberal de esa década del ‘90 -y esto hay que decirlo con todas las letras-, supera lo que se habla en la Facultad de Derecho de Buenos Aires.
La Cuestión Política
Esta es una cuestión política. ¿Qué es la Constitución? La Constitución no es un instrumento jurídico exclusivamente, la Constitución es un instrumento político institucionalizado en el más alto rango normativo, es la lucha de los pueblos por grandes objetivos, que es tener una vida digna y gozar de esas atribuciones que merece el ser humano, por eso otro concepto de Perón que es importante señalar y que tiene una gran actualidad, es el tema de los partidos políticos. Cuarenta (40) partidos políticos van a arreglar todo. ¡No van a arreglar nada! Porque la estratificación política es el mayor reaseguro que tienen los sectores dominantes, por eso discernimiento y organización política es la esencia de un proyecto constitucional en el marco de la denominada Constitución real, y eso es de lo que no se habla.
Por eso hay que hablar de Perón. Por eso hay que hablar de la Constitución del ‘49 y después vamos a llegar a hablar de estos Pactos Económicos, Sociales y Culturales, las Declaraciones de Derechos y de cómo están jugando hoy día no sólo en la Comisión de Derechos Humanos. ¿Qué ocurre en la Comisión de Derechos Económicos, Sociales y Culturales?¿Cuáles son las obligaciones de los Estados? Esos que se llenan la boca de hablar del inciso 22 de la Constitución; del inciso 22 del artículo 75 de la Constitución del ‘94 no puede ser una serie de títulos nada más ¡no! hay que darle vigencia. ¿Y cómo se le da vigencia? Profundizando el debate y entonces ¿cómo? ¿Dónde se da el debate?
Dos grandes escenarios
En este momento en el mundo hay dos grandes escenarios de la concentración del poder: un plano de escenario de los sectores económico-financieros que son los organismos financieros internacionales como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, la Organización del Comercio. Ese es el ámbito por el cual quieren seguir sometiendo los pueblos para extraerles sus riquezas. Y el otro ámbito dónde está precisamente en esa lucha de los pueblos que ya vamos a ver con más detalle ahora. Ya sea en la comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el Consejo Económico, Social y Cultural o aún en el Continente Americano en el plano de la Convención Americana de Derechos Humanos que le agrega una palabra más, es no sólo los Derechos Económicos, Sociales y Culturales sino que suma los Ambientales. Y hay un tema que no se no se conoce y no se trata que es la REDESCA.
La REDESCA
¿Qué es la REDESCA? No se sabe que es la REDESCA. Es una Relatoría Especial que está en el ámbito de la Convención Americana de Derechos Humanos que cumple el rol del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y que los Estados tienen la obligación de informarle el debido cumplimiento de esos derechos. ¿Qué está ocurriendo hoy día y por qué eso no integra al debate? ¿Y qué dicen los pactos, esos económicos, sociales y culturales que se decían recién y al revés se decían civiles y políticos? No. Primero los Económicos, Sociales y Culturales y después los Civiles y Políticos, porque hace a la esencia del discernimiento de los pueblos, para luego tener la acción civil y política y entonces estas cuestiones que no entran en el debate solamente, es manipulado a través de ese otro gran ámbito que está en el interior de estos otros dos globos. Es la comunicación los medios concentrados de comunicación, es la metástasis ideológica, es el engaño de los pueblos, por eso el discernimiento y por ello la organización y lucha.
Deben ser conscientes que no alcanza hoy día con el TikTok no, no. Hacer un curso de influencer, no, no, eso es el engaño y por eso yo vengo sosteniendo que la democracia hoy día está reemplazada por lo que yo denomino “EMOCRACIA”, solamente un esquema social y político a través de las emociones, con sentimientos manipulados por esos medios de comunicación y por esas redes sociales, por eso el discernimiento como decía Perón: “la lucha y la organización”.
Entonces volvamos al principio, ya vamos a llegar a nuestro tiempo contemporáneo, con relación a qué ha ocurrido con este país. Argentina tuvo que dar un informe ante el representante de la REDESCA, al “Comité Económico Social y Cultural de las Naciones Unidas”, que hoy día está en nuestro territorio y eso se tiene que saber y nadie lo dice, y también tiene que entrar en el debate y en la acción política. Porque la política es el medio, es la forma, el camino para efectivizar las más altas aspiraciones de los pueblos y por ello el tema de la Independencia Económica, de la Soberanía Política y de la Justicia Social no ha cambiado, es la lucha que hoy día todavía tenemos que hacer y por eso está oculta.
Juan Domingo Perón
Vamos a hablar brevemente porque también Perón es hoy tema de esta convocatoria. La Argentina viene sufriendo en su trayectoria histórica, todas estas vicisitudes de los procesos sociales y políticos. Es más, lo vengo sosteniendo, hay una directa relación entre los procesos históricos, sociales y culturales y los textos constitucionales. La Constitución no sale de un estudio jurídico, no. La Constitución, tanto en su formación como en su cumplimiento tiene una directa relación con las estructuras de poder que señalaba el Dr. Carlos Vilas y a su vez con la interpretación también. La Constitución tiene una directa relación en todas estas cuestiones desde sus orígenes al sostenimiento de la interpretación constitucional y no es una novedad, solamente que está oculto, los abogados la ocultan, las facultades de derecho no tienen el rol que tienen que tener, cómo es posible que los abogados hoy en día, se llenen la boca de un lenguaje jurídico formal y vacío de contenido. Hay tres tipos de interpretación jurídica constitucional. Podemos hablar de la propia Corte Suprema de los Estados Unidos, la nuestra y demás.
Década Infame
Para no ir tan lejos después de la década infame, donde el país ya tenía un golpe de Estado que le habían dado al presidente Irigoyen, que no había salido de un día para otro, eso que fue la revolución del ‘90 del siglo XIX, ya estaba denotando una nueva realidad social que estaba teniendo la Argentina. Esa nueva realidad social llevaba a la imperiosa necesidad de ser representada políticamente, no alcanzaba con eso de la generación del ‘80. Por eso la revolución del ‘90 es el camino que abre a esa nueva instancia política que fue la que sostuvo al presidente posterior a Irigoyen y a su vez Irigoyen confrontó con el régimen, dos levantamientos armados de 1893 y 1905 fueron derrotados, no cerró los brazos, la abstención revolucionaria para efectivizar ese concepto de la Democracia, del voto universal obligatorio, masculino en ese tiempo, y así es que nuevas realidades van necesitando distintas respuestas.
Hipólito Yrigoyen
Es ese gobierno de Irigoyen en sus dos expresiones: primero en 1916, luego en la segunda, que no tengo el tiempo necesario para desarrollar, el que había impulsado nuevas políticas y también el radicalismo venía sufriendo esa lucha de la cooptación por los sectores dominantes de representantes que confrontaron con la política de Irigoyen. Pero el radicalismo debe tener presente que en 1927 se sanciona un proyecto de ley a través de los diputados que r
epresentaban a ese radicalismo personalista de Yrigoyen, Diego Luis Molinari, Eduardo Gruffa y demás, sobre estatización y nacionalización de los recursos hidrocarburíferos en todas sus facetas, exploración, explotación distribución y comercialización. El Senado no quería saber nada. El Senado no trató ese proyecto de ley, por eso la historia es maestra, no lo trató, se lo planteó todos los años, en 1928, en el ‘29 y en el ’30.
Golpe de Estado
¿Qué ocurrió 6 de septiembre del año ’30, saben qué día era? Era sábado y el domingo iban a haber elecciones en San Juan y Mendoza en el que el radicalismo personalista podía tener la posibilidad de acceder a esas provincias y a través de la presencia en los nuevos senadores lograr efectivizar ese pensamiento de Mosconi, de Valdez pero hubo un golpe de Estado, por eso bien se dice que ese golpe de Estado tuvo más olor a petróleo que a pólvora. Y ¿qué pasó con el Derecho? Se llenan la boca hablando del derecho. ¿Qué hizo la Corte? No sólo hizo una acordada el 10 de septiembre convalidando el golpe de Estado sino que también hay que saber qué dijo la Corte ante las presentaciones de Hipólito Irigoyen que estaba detenido en la isla Martín García. Todo eso hay que saberlo, la manipulación jurídica desde los constitucionalistas que sostienen a esa estratificación, ese quietismo de los procesos sociales, es el derecho utilizado como arma en contra de los pueblos, es indispensable que se den las clases necesarias en las facultades de derecho sobre la Constitución y sobre el derecho.
La manipulación jurídica desde los constitucionalistas (…) es el derecho utilizado como arma en contra de los pueblos
Fin de la Segunda Guerra Mundial
Así brevemente, después de ese golpe de Estado, en la década infame en las postrimerías de la Segunda Guerra Mundial, prácticamente lleva a un movimiento militar, movimiento militar que se apresuró también, por las circunstancias particulares en las cuales se venía desarrollando, hay que decirlo, el general Ramírez que era el Comandante en Jefe del Ejército, había tenido contactos con los sectores del radicalismo, el presidente Castillo toma conocimiento y le dice su Ministro de Marina: “hágame un decreto para sacarlo al general Ramírez”, así es que se apresura el movimiento militar y lo sacan a Castillo. Así el 4 de junio de 1943 que en sus primeros momentos tuvo ese cimbronazo, tal es así que iba a ser el electo presidente Rawson y a las 48 horas tuvo que renunciar, una nueva instancia se pone en marcha y por eso hay que saber cómo incide la presencia de una persona, un líder, un conductor en la esencia y el desarrollo de ese proceso.
Consejo Nacional de Posguerra
Yo vengo sosteniendo que a los pocos meses, a los dos meses prácticamente, en una entrevista muy formal que estaba programada, que era la entrevista que iba a tener el Coronel Perón en septiembre del ‘43 en el Departamento Nacional del Trabajo, que era una Institución de Estadísticas que venía desde 1912 hasta 1943 y la presidía un gran economista como Alejandro Bunge que falleció en ese año y en el momento que estaba ya avanzado el movimiento militar, era presidido por el Dr. Francisco Figuerola que fuera uno de los impulsores del Consejo Nacional de Posguerra que mencionaba el Dr. Carlos Vilas. Entonces, esa entrevista que iba a ser formal duró hasta altas horas de la noche y por qué dura hasta altas horas de la noche, está escrito en los textos que publicó Figuerola, esa entrevista duró hasta altas horas de la noche puesto que tenía el impacto que le generó al Coronel Perón el estado social en que se encontraban las clases trabajadoras en la República Argentina.
Secretaría Nacional del Trabajo y Previsión
Ese organismo de estadística sobre salario, sobre huelga, sobre condiciones de trabajo y demás, es el ámbito donde el Coronel Perón continuando ya con su formación y con precisión, vio el estado social en que estaban las clases trabajadoras en Argentina, y por ello no es por casualidad tampoco que a los dos meses dejó de ser Departamento Nacional de Trabajo pasar a ser Secretaría Nacional de Trabajo y Previsión, era ya darle énfasis de organización a esas políticas sociales que se iban a poner en marcha en nuestro país.
Así es que en esa Secretaría Nacional de Trabajo y Previsión se empezó con el tema de los derechos de trabajo, todo el tema de la seguridad social y demás, pero tampoco fue el único impulso del Coronel Perón, creó el Consejo Nacional de Posguerra donde Perón impulsó una serie de políticas que son todavía de gran actualidad, como la planificación el rol del Estado, la política financiera, que fue ratificada luego de las elecciones del 24 de febrero de 1946, ya desde el ámbito institucional de la presidencia de la República es que esas políticas se efectivizan, por cierto, esas elecciones se ganaron como dice el Dr. Carlos Vilas con un pequeño margen, pero ya estaban en marcha, ese es el camino que se ponen los pueblos para lograr sus grandes objetivos y así fue que ese primer plan Quinquenal que reflejaba esas políticas de planificación de 1947 en adelante de 1951 y 1952 se aplica en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional y del Congreso Nacional esas normas, que debían ser cumplidas por los poderes de gobierno.
Tucumán Derechos Sociales
Ahí está el tema y por eso también desde Tucumán la Declaración de la Independencia Económica, el Decálogo de los Derechos del Trabajador, el Sufragio Femenino, etc. en 1947 se anclaba toda esta política, política que luego se refleja en una Constitución. Pero hete aquí que la Constitución del ‘49 que se oculta con el decreto 4161 del golpe de Estado del ‘55 todavía rige. En el año ‘94 ni se acordaron (o se acordaron) pero la ocultaron otra vez. Si ustedes ven en una Constitución del año ‘94 la primera página les va a decir que esta Constitución fue sancionada 1853, 1860, con la reforma 1866, 1898 y salta a 1957 y no existe la Constitución del ’49, la ocultan.
La Constitución del Consenso de Washington
Esta es la cosa, por eso nos vamos a tratar de poner al día y vamos a seguir ahora con el pensamiento de Perón. Entonces esta Constitución que no sólo incorpora los Derechos Sociales del Trabajador, de la Educación, de la Ancianidad y de la Cultura, no sólo puesto que también en su primera parte dogmática incorpora otra serie de principios esenciales como la Teoría del Abuso del Derecho que no es convalidable en un esquema constitucional. Los derechos no pueden ser ejercidos en perjuicio de los demás y por cierto, cuál es la diferencia que tiene que mencionarse de la Constitución del 49? La Argentina tuvo modelos constitucionales: el de 1853, el de 1860 (que todavía lo tratan de llevar desde el presidente de la República que ahora vamos a referirnos a esas pretensiones), la etapa Justicialista de la Constitución 7 años, y la Constitución del Consenso de Washington de la década del ‘90. Ésta es la cosa, no es por casualidad que vienen como se señalaba antes el tema de Alfonsín y de Menem, el Pacto de Olivos y demás. No, ya estaba efectivizado el golpe de estado en Chile, el neoliberalismo ya estaba en marcha y por eso ahí también aparece lo que ya antes había aparecido como vamos a ver ahora en Argentina. Luego, con el golpe estado del ’55, ahí aparecen también Friedrich Von Hayek, Ludwig Von Mises y Milton Friedman. El golpe de Pinochet es el que los llevó y hoy día lo traen como novedad: ¡Mentira! Ese es el retroceso histórico en favor de los sectores dominantes y en perjuicio del pueblo.
Milton Friedman, uno de los economistas preferidos del presidente J. Milei: “La inflación y el aumento de precios equivalen al pago y/o confiscación eraria haciendo la vez de impuestos no-formales, no legislados ni convenidos legalmente, que erosionan el poder adquisitivo y el valor del dinero”.
La Integración de los Pueblos
Así es que esta Constitución es la gran olvidada y por eso la gran responsabilidad del propio peronismo de no haber efectivizado debidamente su lucha. Esta Constitución siguió las pautas del proceso histórico político y social. También quiero traer otra cuestión determinante que es la integración de los pueblos. Está bien, no está más el comunismo, pero están todavía los sectores dominantes que pretenden efectivizar sus derechos contra los pueblos y por eso es indispensable no sólo la integración americana sino la integración a nivel de la lucha de los pueblos para terminar con este dólar que ya vamos a ver ahora qué ocurrió en el año ’48. Estoy tratando de sintetizar enormemente toda esta disertación.
“El año 2000 nos hará encontrará Unidos o dominados”
Entonces… ¿qué decía Perón en el año ’53? Está escrito y tiene mucho que ver con este tema de la integración, la necesaria integración de los pueblos para luchar contra los sectores dominantes internos y externos, así ya Perón en esa Cena de Camaradería de las Fuerzas Armadas del 7 de julio de 1953, Perón señaló ese tema muy conocido pero ahí nació: “el año 2000 nos hará encontrará Unidos o dominados”. Esa Cena de Camaradería de las Fuerzas Armadas estaba con la presencia del presidente de Chile Presidente Ibáñez y era poner en marcha la integración americana en favor de la lucha que se ponía en ejecución en la Argentina, aquel que lo quiera ratificar en el capítulo cuarto de “la hora de los Pueblos” está este mensaje que por cierto lo conocemos todos, lo ratificó luego en varias oportunidades, así es que se ponía en marcha ese nuevo proceso en la Argentina. Proceso que en la Segunda Guerra Mundial ya había reubicado también los tiempos y los países. Proceso que en el ámbito de las Naciones Unidas dos cuestiones se activan: una es la declaración de los derechos del año ‘48 de Naciones Unidas a través de la importante gestión de una mujer, Eleanor Roosevelt, esposa del presidente Franklin D. Roosevelt. Esa Declaración de Derechos ya estaba sancionada, pero también por eso los dos espacios que vengo señalando, el de los capitales concentrados financieros y el de la lucha de los derechos por los pueblos. Acá empezaba un esquema, pero también en 1948 el presidente Perón tiene que tomar una decisión, que es de suma actualidad y se debe conocer ¿qué había ocurrido en la Argentina? Por eso los procesos sociales, políticos, militares, no son lineales, tienen sus cosas, tienen sus consecuencias y sus errores.
Perón y el No al FMI
Todos los procesos tienen errores, no se puede ignorar que esos errores dejan estas consecuencias, en el mes de febrero de 1946, el 19 de febrero, el presidente de facto Edelmiro J. Farrel, a través del decreto 3185 promueve la incorporación de la Argentina a los acuerdos de Bretton Woods y la integración a lobbismos internacionales que ahí se habían puesto en marcha. O sea que como Argentina no intervino en la Segunda Guerra Mundial, recién cuando se declara la guerra a Alemania y al Japón, ahí Farrel lanza ese decreto. ¿Qué hizo Perón? No fue por olvido ni decencia que se olvidó del Fondo Monetario, no, fue por expresa decisión institucional que el presidente Perón luego de que se reformulan las instituciones democráticas y constitucionales, envía al Congreso de la Nación todos los decretos de facto, ¿para qué? para que el Congreso los trate y que diga si siguen o no en el Fondo Monetario Internacional. Fue a través de los decretos que envió en el marco del Ministerio de Relaciones Exteriores y en primer lugar en el Senado que se toma la decisión de darle vigencia a esos decretos entre los cuales estaba el 3185. Llega a Diputados, pero la cosa ahí ya se tradujo entonces en el año ‘48. El Presidente de la República Perón envía un mensaje al Congreso de la Nación, un proyecto de ley por el cual en forma expresa dice que la Argentina no debe ingresar a esos acuerdos de Bretton Woods, ni a los organismos financieros internacionales y lo fundamenta y tiene alguna idea del tema del dólar. Hoy en día, la Argentina también tiene alguna actualidad con eso. ¿Qué ocurrió en Breton Woods? Ahí hubo dos proyectos: uno que sostuvo a Estados Unidos a través del dólar y otro el que venía de Inglaterra, una compensación de monedas; el dólar fue el que primó y que le permitía a Estados Unidos y todavía hoy día lo quieren hacer, y acá en la Argentina todavía ignoran las más altas autoridades el camino a seguir, con Estados Unidos que sostuvo el dólar como moneda porque era el país que la emitía y podía bancarse esos grandes déficits, que es lo que están haciendo todavía. Hay que decírselo, se tienen que poner colorados aquellos que no aprecian esta cuestión.
Por eso la concepción del peronismo con relación al Fondo Monetario Internacional, con relación al tema de la deuda, no puede ocasionarnos algún tipo de duda ni mucho menos hay que ejercer estas ideas que fueron nutriendo desde el pensamiento de Perón y de los sectores que acompañaban a todo el proceso nacional y que luego fue ratificado en distintas conferencias o entrevistas que tuvo Perón que no tengo tiempo para para desarrollar. O sea, que fue una decisión expresa del presidente de la nación y del Congreso Nacional para que la Argentina no ingrese al Fondo Monetario.
Tres Modelos Constitucionales
Entonces la Argentina puso en marcha ese esquema de la Constitución del ‘49 y hablamos de tres modelos constitucionales. En realidad, si vamos a hacer algo de Teoría Constitucional vamos a señalar dos cuestiones que es determinante ponerlas en el debate: las genealogías constitucionales y las generaciones constitucionales. Las genealogías constitucionales son cortes verticales en los procesos históricos, esos procesos históricos van denotando esa genealogía y cuáles fueron las primeras, porque no toda comunidad política tuvo una constitución escrita no, las constituciones escritas aparecen a fines del siglo XVII, ahí aparece en esas colonias americanas el tema de la primera Constitución escrita, que le quiere dar presencia a un nuevo esquema: “People” no es el pueblo; es lo que primero dice el Preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos, ahí nace la genealogía republicana representativa y federal. Al poco tiempo en Europa (por eso los procesos sociales y políticos no se pueden ignorar) en plena Revolución Francesa, era la burguesía que estaba confrontando contra esos sectores monárquicos y feudales. ¿Y quién lleva las declaraciones de derecho a la Revolución Francesa? Benjamín Franklin lleva las declaraciones de derecho que habían estacionado las colonias, la más conocida la de Virginia.
Entonces, como todo tiene que ver con todo y como la presencia de distintos sectores o personas tienen mucho que ver, cuando quien facilitó el ingreso de esas declaraciones en la Revolución Francesa fue el embajador de los Estados Unidos Thomas Jefferson que abre la puerta a esas declaraciones que llevó Benjamín Franklin y por eso la Revolución Francesa en 1791 no saca una Constitución, saca una declaración. La declaración, que tenía el único derecho sagrado e inviolable ¿Cuál era? La propiedad privada. En ese esquema, que era muy distinto al que pretenden ejercitar hoy en la República Argentina desde el Poder Ejecutivo Nacional (un retroceso a 1853): la propiedad privada como gran derecho sagrado inviolable, que lo vamos a poder responder debidamente entonces; ahí nace la Genealogía Constitucional Unitaria, monárquica y parlamentaria.
La Constitución vs la Carta Magna
Por eso considero que es un grave error hablar de la equidistancia o el similar concepto entre Constitución y Carta Magna. No, la Carta Magna era un instrumento escrito otorgado por los sectores dominantes. La Constitución no es eso. La Constitución es un proyecto político que va reflejando las circunstancias y las relaciones de fuerza de esos momentos. Así es que aparecen las genealogías constitucionales que cruzan los distintos procesos históricos.
Argentina desde las Actas Capitulares de Mayo, los reglamentos, los estatutos de 1815, 1817, después la Constitución de doble filo 1819, una monarquía, 1826, Constitución unitaria llevando otro esquema. O sea que esas genealogías se van cruzando en los distintos procesos históricos pero también hay tener en cuenta las generaciones constitucionales. ¿Y cómo nacen las generaciones constitucionales? Surgen a través de las circunstancias históricas, sociales y políticas de la lucha de los pueblos. Así es como tenemos esa generación de constituciones de fines del siglo XVII. Estados Unidos 1787 las primeras 10 enmiendas, 1791 la de Francia. Pero a mediados del siglo XIX comienza una nueva generación de Constituciones: México, como señaló el Dr. Carlos Vilas, también México pone en marcha una nueva Constitución; la Argentina de 1853 en esa lucha en que la burguesía pretendía instalar ese modelo Constitucional.
El Federalista
Yo no voy a tener el tiempo necesario para hablar de Alberdi, pero sí voy a decir algunas cosas para que se entere el presidente de la república. Resulta que por eso, todos los procesos constitucionales tienen el pensamiento de algunos que callan o que retrasan los procesos constitucionales. Uno de ellos fue Alberdi, también Mariano Fragueiro, Pedro de Angelis, Sarmiento, la más conocida la de Alberdi: aquí estaba reunido en la Asamblea y estaba circulando un libro en la Asamblea para coaccionar a que los Convencionales Constituyentes estén en condiciones de realizar su función. Ese libro era El Federalista, un libro de publicaciones periodísticas que se hicieron en los Estados Unidos (con James Madison y Alexander Hamilton), con un motivo expreso para ratificar la Constitución que había sancionado la Asamblea Constituyente.
Pero había cuatro estados que todavía no la ratificaban: dos de los estados eran estados grandes Virginia y Nueva York, es el federalista que impulsaba la necesidad de ratificar esa Constitución. Hete aquí que en Santa Fe ese libro desaparece, alguno se lo queda y entonces un historiador señala con razón, que Juan María Gutiérrez le pidió a Alberdi que ya había sacado la primera edición del libro Bases (2da edición) que le pedía que incorpore un proyecto de Constitución para dar la posibilidad del debate en Santa Fe.
Las Bases
Por eso vengo sosteniendo que es mucho más importante la segunda edición que la primera, y la segunda edición (para no desarrollar todo porque esto da para un seminario) hay dos cosas que quiero mencionar: Primero, en Alberdi, las advertencias están en la primera página de esa edición. ¿Y qué dicen esas advertencias de Alberdi? Dicen lo siguiente: “Este libro se debería haber llamado: “Medios de libertad, orden y engrandecimiento para las repúblicas americanas de origen español””. Ese era el que consideraba que debía ser, pero como lo entendía que era muy pretencioso, le puso Bases y Puntos de Partida.
Ahí Alberdi ya señala el tema de los medios y a dónde está el tema de los medios: en la Historia Constitucional Argentina. Ahí está debidamente especificado, como decía el gran maestro Arturo Enríquez Sampay, las normas jurídico- constitucionales que deben ser absolutas, precisas y unívocas, por eso los artículos 38, 39 y 40 que hacen a la política económica constitucional de la de 1853. No eran los medios para esa etapa concurrencial del capitalismo, que todavía no había ingresado esa enorme face monopólica o imperial, y la Constitución del ‘94: ¿Qué medios tiene? Ninguno, solamente títulos y principios etéreos o genéricos en ese artículo 75 vigente de la Constitución donde se refiere a las atribuciones del Congreso; en el inciso 19, la Justicia Social. El presidente ignora que la Justicia Social está en la Constitución, no es una aberración. El inciso, 22 títulos desde la declaración del ‘48; los pactos económicos sociales y culturales y otra serie de convenios y pactos que ahora si tengo tiempo los voy a desarrollar, pero no incorpora en forma expresa normas de política económica, fue el producto de ese engendro del pacto de Olivos, no sólo se ocultó a la Constitución del ’49, se trató de ocultar esas normas de política económica constitucional, que son las que hoy día todavía vamos a tener que bregar para que en el marco de un proyecto Nacional, que con la debida organización y participación, la Argentina pueda poner en marcha.
¿Qué es una Constitución?
¿Qué es una Constitución? ¿Qué era? Gráficamente como para un influencer, la Constitución es como los andamios para el edificio, para construir un edificio político lo ponemos de una manera hoy y mañana de otra, y entonces en el proyecto de Constitución de Alberdi, en su Artículo 37 ¿Qué es indispensable que se tenga cuenta, qué decía? Alberdi decía que la reforma constitucional puede ser total o parcial de acuerdo a las circunstancias. Solamente le ponía un límite en función de los 40 años que se había tardado en tener una sanción constitucional efectiva, que por 10 años no se debería hacer una reforma, tampoco se pudo cumplir eso, la interpretación constitucional no está en manos de un abogado que me venga a decir a mí la lógica jurídica, son las circunstancias sociales, políticas, culturales de los pueblos las que deben regir, entonces Alberdi señalaba con toda precisión, que la reforma puede ser total, hoy día quieren volver a 1853, es una falacia, es un engaño, hay que dar el debate en la Facultad de Derecho y en la calle, hay que dar el debate, entonces: ¿Por qué?
Se lo digo al presidente hoy, por qué decía Alberdi el tema de la Reforma total o parcial -está en la nota que Alberdi puso en ese artículo: “pongo el tema de la Reforma Constitucional al principio en la parte dogmática, no al final como están en todas las Constituciones, porque la reforma de la Constitución es un medio de orden y de progreso (…), y por ello también esto se dio en el debate del año 1949 sobre las objeciones que le hicieron al proceso constitucional que no tengo tiempo para desarrollar a la Constitución del año ‘49 también se tuvo en cuenta el tema que la reforma puede ser total, por eso la convocatoria a esta Constitución, fue a todo aquello que se opone al bienestar del pueblo y a la grandeza de la Nación.
Acá está la cosa entonces, es Alberdi reflejando ese tiempo histórico el que impulsa esas concepciones constitucionales y en particular en lo que se refiere a la reforma de la Constitución. Bueno, brevemente la Argentina tuvo 7 años de vigencia pero no quiero dejar de continuar el pensamiento de Perón, no, hay que decirlo con todas las letras. ¿Qué ocurrió después de proscripto el peronismo, 18 años? Se tienen que poner colorados todos aquellos que después del ‘55 pretendieron invocar razones jurídicas, -lo decía Perón y lo tengo citado en varios lados-, cómo pueden hablar de derecho constitucional si convalidan la derogación de una Constitución por un golpe de Estado y un bando militar. Se tienen que poner colorados, ¡es el engaño que ha tenido el pueblo argentino! y un profesor de Derecho Constitucional desde las escalinatas de la Facultad de Derecho de Buenos Aires, Juan González Calderón, mentor de generaciones de abogados, hizo la “apoyatura jurídica” para avanzar en la derogación de la constitución del ‘49 y todos aquellos que se rasgaban las vestiduras si los dos tercios era del total de los presentes, si era por ley, si era por declaración, si había que identificar los artículos a reformar, se callaron la boca y ahí se pone en marcha otra institución que no está en el debate que merece un tratamiento amplio en varias charlas: la Junta Consultiva Nacional, que fue la mise en scène del golpe de Estado. Esa Junta Consultiva Nacional que luego del golpe, es decir, después del 13 de noviembre cuando lo sacan a Lonardi comienza a funcionar. Creo debo decir que Lonardi juró por la Constitución del ’49, por esta Constitución juraron los jueces de la Corte Suprema, por esta Constitución juraron los ministros, (solamente un ministro, Vera Vallejo, cuando sale el bando militar renuncia a su cargo después de ser Juez de la Corte para no incurrir en ese delito moral del Perjurio, haber jurado por algo y luego aceptado la derogación, está escrito).
La Junta Consultiva Nacional
Entonces se pone en marcha la Junta Consultiva Nacional para derogar esta Constitución, no debo dejar de mencionar los bombardeos del 16 de junio que parece que no ocurrió nada, esos mentores del republicanismo actual se callan la boca, como también se callan la boca de los fusilamientos de José León Suárez y por eso esa metástasis ideológica de la manipulación de la norma jurídica en función de los sectores dominantes y en perjuicio de los pueblos es lo que hay que confrontar.
Esa Junta Consultiva comienza a funcionar y también ahí está el ocultamiento de la historia y del debate jurídico. Esa Junta Consultiva tuvo tres tipos de sesiones públicas, reservadas y secretas. Solamente se conocen las públicas, los dos tomos que pude observar en la Biblioteca de la Corte Suprema, al final de ese tomo segundo me encuentro un decreto de Aramburu que le ordena al Escribano General de Gobierno de la Nación que protocolice las actas públicas reservadas y secretas de la Junta Consultiva Nacional.
Bueno al terminar de ver eso bajo del ascensor de Talcahuano y camino por Tucumán, Uruguay hasta la Escribanía General de Gobierno. “Quiero ver las actas de la Junta Consultiva Nacional”. Si hubiera caído un marciano se hubieran sorprendido más. Me bicicletean un tiempo, las pedí por escrito, es el ocultamiento de la historia, por eso las actas deben aparecer, hacer lo que dicen las actas y hay que hacerlo conocer porque hice una relación entre los sucesos y los hechos y las actas y claro, cuando la Argentina ingresó al Fondo Monetario Internacional (que tampoco tengo tiempo para para desarrollarlo), y con el tema del levantamiento del General Valle, con todas esas políticas que a través del golpe de Estado ponían en marcha en perjuicio de la Nación y del Pueblo, estaban ahí, ya sabemos lo que dicen esas actas y brevemente para terminar con el tema de esas actas para llegar a la Asamblea del año ’57, a esas actas uno las lee, las publica y dice, no sabiendo cómo fueron los acontecimientos “no, acá hay gato encerrado”. Esas actas denotan también el engaño, el ocultamiento, por eso la responsabilidad desde no sólo el peronismo, porque ahora voy a hablar del radicalismo, desde los sectores nacionales y populares de abrir la puerta para conocer estos procesos históricos que han perjudicado al pueblo.
Ya en la Junta Consultiva se veía todo. Tendía a darle el disfraz para eso que querían hacer todos aquellos que en el año ’48, ‘49 se rasgaban las vestiduras por los dos tercios, por la ley por la declaración se olvidaron, hubo una declaración, un Decreto de facto para convocar una Asamblea Constituyente. En esa Junta Consultiva Nacional ya la cosa no era tan fácil puesto que un sector del radicalismo tampoco quiso saber nada con ese procedimiento de facto para convalidar el bando militar del 27 de abril de 1956, Oscar Alende y Oscar López Serrot no quisieron saber nada con eso y lo impugnaron en el seno de la Junta Consultiva Nacional, por eso cuando se convocan a las elecciones Oscar Alende, la UCRI ya se había dividido: la UCR ya se había dividido en el norte Unión Cívica Radical del Pueblo y Unión Cívica Radical Intransigente.
La Asamblea del ‘57
Oscar Alende, Maipú, provincia de Buenos Aires, (6 de julio de 1909–22 de diciembre de 1996), fundador del Partido Intransigente.
Oscar Alende hizo la campaña de concurrir a las elecciones para impugnar la convocatoria y así fue que sacó un gran caudal de votos. Y en la convocatoria fue Oscar Alende (y esto está en el diario de sesiones, todo lo que voy a decir está en el diario de sesiones, aquel que lo quiera confrontar está y aquel que quiera debatir cuando quiera, entonces, Oscar Alende fue e impugnó la convocatoria, también un sector de Sabatini de Córdoba, nueve convencionales constituyentes impugnaron la convocatoria y otros, pero comienza a funcionar y lo primero que tiene que hacer también esa Asamblea Constituyente (no por TikTok) son dos tomos de diario de sesiones. Por eso hay que meterse en los procesos históricos, con las emociones y con sentimientos manipulados. Esa Asamblea en el primer tomo, gran debate, enorme cantidad de hojas ¿para qué? bueno, para convalidar la convocatoria y comienza a funcionar la Asamblea. Por eso esa Asamblea comienza a tener el debate de las reformas de los artículos que venían de la comisión revisora de la Constitución. Bueno, ¿y el primer artículo cuál era? ¿el 14 nuevo? No, 14 bis porque un librero lo puso después del 14. Porque esa Asamblea Constituyente ni pudo aprobar los diarios de sesiones porque la dejaron, sí, como voy a decir, entonces también impulsado este 14 nuevo por diputados radicales Jáuregui y otros que con buena intención señalaron (y está el diario de sesiones que los decálogos del Derecho del trabajador de la Constitución del ‘49 era muy programático, decían, había que darle operatividad por eso había que sintetizarlos en una norma como la que luego fue el 14 nuevo en la cual en tres párrafos la primera con relación a los derechos del trabajador, la segunda con los derechos a los sindicatos y la tercera a la seguridad social, hay que leerlo el 14 hay que leerlo y por qué digo que hay que leerlo porque traigo a colación lo que dijo Gelsi y los otros convencionales radicales: “hoy el radicalismo debe conocer esto, decía que debemos darle ese diseño para que sea una norma operativa para que tenga vigencia aún en el supuesto que el Congreso no lo reglamente, por el solo hecho de estar en la Constitución. Hay que leer el 14 para que vean cómo no se está cumpliendo nada de lo que también habían sancionado en el año ’57”.
Esta es la cosa entonces, cuando aprueban ese artículo qué tenía que hacer luego y acá está la trama que se tiene que saber y todos estos profesores de la Facultad de Derecho se tienen que poner colorados, venía el tratamiento de las normas que había puesto en marcha la Comisión Revisora de la Constitución ¿y ahí qué estaba? ¿qué venía? Y venían las normas que hacen a la política económica constitucional, era esto corregido y quizás mejorado y aquel que lo quiera ver están los proyectos en el diario de sesiones.
¿Qué pasaba en Buenos Aires?
Esto no es una novela. Están los proyectos y ¿Qué ocurría en Buenos Aires? Estos proyectos estaban suscriptos por los partidos que todavía estaban en la Unión Cívica Radical del Pueblo, que se ponga colorado el Partido Socialista, el Partido Comunista que estaban acá impulsando con distinto énfasis estas normas de Política Económica Constitucional. ¿Qué pasaba en Buenos Aires? Y esto lo digo con énfasis, que me vengan a discutir qué le ocurría a Isaac Rojas, presidente de la Junta Consultiva Nacional y está esto que voy a decir está en sus memorias: <<Las memorias de Isaac Rojas de 1993>> editadas por Editorial Planeta. Tengo desarrollado también en algunos libros míos (pero la fuente es la Editorial Planeta 1993), <<Memorias del Contraalmirante Isaac Rojas>>, ¿Qué decía Rojas? y yo estaba en Buenos Aires y veía que lo que iba a ocurrir, no era lo que se esperaba. Se quería volver a 1853 sin que nada pase, no, eso no era lo que queríamos, es lo que quiere hoy día Milei. “Entonces le ordené al Capitán de Navío Ricardo Fitz Simon: tómese un tren esta noche, vayan a Santa Fe y dejen sin quórum a la Asamblea Constituyente” y así hicieron y no sólo lo fundó en las Memorias de Rojas, en el diario de sesiones está la nota de los nueve convencionales constituyentes que se fueron uno del Partido Cívico Independiente, Alsogaray entre ellos. Esto que hoy día lo traen como novedad es el retroceso histórico de los golpes de Estado y aquel que lo quiera ver está escrito en el diario de sesiones, una página y media, pero el último párrafo ya es suficientemente explicativo: “nos vamos de esta convención porque seguir para tratar estas normas que vienen de la comisión revisora de la Constitución implicaba la rehabilitación histórica del gobierno depuesto”. Esto es lo que tiene que saber el radicalismo, no puedo ignorar las reuniones de Avellaneda de abril de 1945; los proyectos que están en la Asamblea Constituyente en función de unas nuevas normas de Política Económica Constitucional, para efectivizar estos grandes principios de la Soberanía Política, la Independencia Económica y la Justicia Social.
Bueno, esta es la trama histórica y la política que hay que poner en marcha, por eso desde el peronismo y desde los sectores populares está este compromiso necesario para que abramos el debate, profundicemos, logremos esa unidad y esa organización, tiempo y mensaje, una mesa para aglutinar esos grandes objetivos en la senda hacia un nuevo proyecto nacional.
El mensaje de Perón a los Pueblos del Mundo
Brevemente, 18 años de proscripciones como bien señaló en 1972 el mensaje de Perón a los pueblos del mundo, donde incorporaba esa nueva concepción de la cuestión ambiental, todos esos principios que están en ese mensaje que no tengo tiempo para desarrollar, pero también estaba la lucha en esos tiempos tan particulares que transitaban en la Argentina luego del 11 de marzo del ’73, con ese breve interregno de Cámpora – Solano Lima. Perón logra la mayor apoyatura del electorado para su regreso a su tercera presidencia y ¿qué pasó con la Constitución?
A Perón le decían: como la Constitución ‘49 se derogó por un bando militar: ¿Cómo se restablece la Constitución del ’49? Y respondió Perón: No, el peronismo no va a ser lo mismo que hicieron estos del golpe de Estado, la Constitución tiene que venir a través de la participación protagónica de los distintos sectores que integran la Nación y así es y voy a ser preciso. En el año 1973 se pone en marcha en la Secretaría General de la Presidencia por el decreto 1046 una Comisión de Estudio de Análisis para una Nueva Constitución y esta comisión que estuvo integrada fundamentalmente por el Secretario de la Secretaría General de Presidencia que era Solano Lima, pero estuvo a cargo de Francisco Figuerola y otro compañero peronista y constitucionalista Alfredo Carela.
El proyecto de Constitución y la cuestión ambiental
Tanto Figuerola como Carela elaboraron un proyecto de Constitución, hubo un proyecto de Constitución que está oculto, nadie lo conoce, yo lo conozco. Está oculto como está oculto ese proyecto de Constitución, los tiempos han cambiado, fue consultado con Perón y por cierto Perón ratificó las normas de Política Económica Constitucional y otra serie de importantes principios de esta Constitución del ‘49 pero también le incorpora dos cosas importantes: la cuestión ambiental, eso que Francisco dice que es un problema del mundo, Perón lo incorporaba en ese proyecto de Constitución que había sido elaborado sin numeración precisamente para permitir que en ese debate se fuera contando con la participación de los otros sectores de la comunidad política.
Liberación o Dependencia
Ese proyecto de Constitución, además de la cuestión ambiental, pone otra cosa que tampoco se conoce ni se dice y que es el Referéndum para la Participación Protagónica del Pueblo; en estas grandes cuestiones no sólo de los estudios jurídicos que son los que te generan esta metástasis ideológica, es la participación protagónica en la que estaba sostenida por Perón, es en ese proyecto, y qué ocurrió pocos meses después del 1ero de mayo a la mañana en el Congreso Nacional, es el gran mensaje de Perón: “Liberación o dependencia”. Hoy día esto no ha cambiado; nuestra tarea común es luchar para consagrar ese Proceso Nacional de liberación o dependencia, y también dice, pero en ese mensaje y está escrito: “El país necesita una nueva Constitución”; ¿para qué? Y, para reflejar y solucionar la problemática contemporánea, incorporar esta estructura filosófica y técnico-jurídica con los tiempos que habían avanzado ya en la década del ‘70. Entonces, además en ese discurso Perón dice: “Estamos avanzando en un texto escrito sobre el modelo, el modelo argentino para el proyecto nacional”. Ese Modelo Argentino para el Proyecto Nacional estaba en marcha, entonces, en esa Comisión. Para poner la nueva Constitución, el mensaje de Perón, todo estaba en marcha, pero ¿Qué ocurrió? Por cierto los seres humanos tenemos esa debilidad que los tiempos fisiológicos nos marcan un principio y un final y así es que este 1° de julio del ’74, por lo que reflejamos estos 50 años, nos trae la noticia del fallecimiento de Perón y la Argentina ingresa en otra etapa dura.
El conductor había fallecido
El conductor había fallecido. La importancia de la figura de Perón generaba una ausencia enorme que la presidenta que lo sucedió, su esposa, no estaba en condiciones de cumplir, ni el propio peronismo lo pudo lograr. Vienen rápidamente dos años de luchas y montón de circunstancias que no tengo el tiempo para desarrollar, pero sí quiero desarrollar también el tema constitucional, ¿Qué ocurrió el 19 de febrero del año ’76?
El 19 de febrero del ’76 la Presidenta de la República convoca a una Asamblea Constituyente que se reúna prioritariamente antes de las elecciones que debían haber a final de ese año, para la elección de autoridades y esa convocatoria por el decreto 620 a esa Asamblea Constituyente y en los fundamentos de ese decreto también podemos decir que está el pensamiento de Arturo Enrique Sampay para tratar de solucionar la crítica situación en que estaba la República Argentina.
Constitución Escrita y Constitución Real
Y por cierto esto me lleva a desarrollar el concepto de Constitución Real y de Constitución Escrita; la Constitución Escrita Jurídico-Formal está condicionada por las estructuras de poder de la Constitución real.
¿Qué había ocurrido o qué ya se había anunciado? El Gral. Videla había anunciado 90 días antes que venía el 24 de marzo de 1976, por eso la Constitución Escrita luchaba contra esa estructura de poder real en el marco de la Constitución Material, que es la que venía avanzando con ese golpe de Estado que nuevamente trae a los Von Mises, a los Milton Friedman.
Otra Etapa
Cómo tiene el caradura del presidente el tupé de hablar “como una novedad” de esto, está escrito, es el gran argumento de los sectores dominantes y del poder Imperial para confrontar con los derechos y la soberanía de los pueblos.
Iniciamos otra etapa de la República Argentina en la cual ya conocemos los sufrimientos, las desapariciones, la lucha y la entrega que en base a esas teorías que hoy nos quieren establecer fuimos perdiendo derechos, fuimos perdiendo recursos y también discernimiento. Perdimos y también la estratificación política que lleva a que luego de la batalla de Malvinas ese proceso cívico-militar tenga que agachar la cabeza y tenga que soltar amarras en eso que llamamos el “Eclipse de la Constitución, que no sólo se dan los periodos de los golpes de Estado Militares, es decir, la Constitución va girando como el universo.
El golpe de Estado al costado, pero luego cuando se le pierde el poder de las bayonetas, aparece de nuevo la Constitución como una vía de salida, pero es formal en tanto y en cuanto no se impulse un nuevo proyecto nacional. O sea, que esto que ha ocurrido con los golpes de Estado militares o cívico-militares también ocurre con otros golpes de Estado que estamos sufriendo hoy día, no sólo la Argentina.
Concentración Económica y Financiera
En el mundo, los pueblos tienen que luchar contra estos esquemas que vengo señalando, en estos dos grandes espacios: la concentración económico financiera, a través del Fondo Monetario, el Banco Mundial, la Organización de Comercio y los Derechos que integran los Pactos, las Convenciones y las Declaraciones. Tampoco esto se sabe. Formalmente se habla de los Pactos, se titulan los Pactos, no se va al fondo del contenido de esos Pactos y yo les voy a decir hoy día del Pacto de los Derechos Económicos Sociales y Culturales: ¿Qué derechos se incorporan? Éstos no se conocen, ¿por qué no se conocen? y ¿por qué se publica la Constitución de tal manera que tiene los títulos para que los abogados hablen de los títulos y no hablen del contenido? Por eso hay que hablar del contenido y de las obligaciones; se llenan la boca hablando de la jerarquía constitucional que tienen estos convenios pero no señalan el compromiso que tienen que tener los Estados para hacer efectivos esos Derechos Económicos, Sociales y Culturales, tampoco lo señalan.
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los Civiles y Políticos
Esto no ha ocurrido sólo en la Argentina, y esto no ha sido una cuestión que le haya sorprendido a otros pensadores y luchadores del mundo, por eso cómo fue el tiempo y el desarrollo de los pactos y de las convenciones, en 1948 vimos la declaración de Naciones Unidas, 1966, como la declaración del año ‘48, si no hay que darle rango convencional para que el Estado la cumpla y entonces ¿Qué pasó? Se sancionaron los pactos primero, los económicos, sociales y culturales y después los civiles y políticos. Como se dijo antes, primero los civiles y políticos para que haya la convicción del debido cumplimiento de esos derechos y entonces recién 10 años después 1976 se logra el número de Estados necesarios para ratificarlo y que tenga vigencia como Convención de las Naciones Unidas. En 1976 recién a raíz de ello, los Estados estuvieron en condiciones de incorporar esos convenios y pactos a su ordenamiento jurídico interno.
¿Qué pasó en la Argentina? El presidente Alfonsín los incorpora a nivel legislativo y recién en el ‘94 se le incorpora en ese inciso 22 pero está oculto, no está abierto el debate del por qué, por lo que les voy a decir ahora: el primer país que lo trata es España en la Constitución de 1978 y no incorporó todo ese detalle, no señaló que esos pactos sirven para la interpretación de las normas de la Constitución española 1978, pero la Argentina lo incorporó.
La ONU y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
¿Qué pasó en las Naciones Unidas? En el comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se sancionaron 34 observaciones generales para hacerle saber a los Estados que deben cumplir con los pactos, con esto que está escrito y que fue restablecido en el año ’66 y ratificado en el ‘76 e incorporado con jerarquía constitucional en el ’94; es más, le quiero señalar el capítulo cuarto del pacto que establece con toda precisión en el artículo 16 “la obligación de los Estados de dar cumplimiento a estos derechos”. No es una novela esto, tiene que ser cumplido, hay una obligación de los Estados y en esas observaciones generales el Comité de los Derechos Económicos, Culturales, desarrolla no sólo como los Estados deben darle cumplimiento sino que especifica los Derechos a la Educación, a la Salud, a la vivienda, al trabajo; está escrito cómo los Estados le deben dar cumplimiento y a su vez otra de las cosas que no se conoce ni se debaten, es que los Estados le tienen que informar al Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y ¿qué hizo la Argentina? No se conoce, pero hay que traerlo acá. La Argentina tuvo que dar cuatro informes al Comité: los dos últimos en 1999, durante el paso de la presidencia de Menem a la de De la Rúa y en 2018, cuando Claudio Avruj, Ministro de Macri, balbuceaba que cumplía los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en los dos informes está la respuesta del Comité qué le dijo a la Argentina: “cómo es que no se sabe, cómo es que esto no integra el debate político”.
Cumplir primero con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, luego la Deuda Externa
El Comité tiene dos facetas: primero, las preocupaciones del Comité ante lo que dijo la Argentina y después las recomendaciones del Comité a lo que tiene que hacer la Argentina. Y con relación a la Deuda Externa, (que Avruj balbuceando les dijo que no podían cumplir por la Deuda Externa), el Comité le dijo con todas las letras: “No, ustedes tienen primero cumplir con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y después con los Organismos Financieros, es más, los Organismos Financieros Internacionales deben estar acordes a estos derechos que están señalados”, por eso estos dos grandes espacios deben ser llenados a través de una acción política y comunicacional para destrozar esta gran telaraña que nos genera esta metástasis ideológicas y de sometimiento.
Además, dos cositas de esto que le dijo a la Argentina el Comité como cuestión esencial. Le dijo de la obligación de dar conocimiento a los funcionarios, a los legisladores, a los jueces y al Pueblo todo, de estas respuestas, de estas preocupaciones y recomendaciones del Comité de la Argentina; háganlo público. ¿Ustedes lo han leído en algún lado?¿Algún debate o nada? Es el ocultamiento de la historia, es el ocultamiento del derecho, es el ocultamiento de la lucha y es más, en el 2018 también le dijo algo a la Argentina, en general estas respuestas se manejan cada 5 años ¿Por qué?Porque no puede haber un informe cada año, entonces le dice, en ese último informe del año 2018 que el próximo informe que le debe dar la Argentina al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales era, a más tardar, el 23 de octubre del año 2023. No se sabe, hay que poner en debate todas estas cuestiones en el marco de un proyecto nacional, que refleje las aspiraciones del pueblo argentino. Y que no claudique en este plano del mundial sometimiento de los pueblos, sino que por el contrario la Argentina tenga una gran presencia y no puedo hablar del tema de la política internacional que es otra de las grandes cuestiones a tener en cuenta. ¡Muchas Gracias!
Pablo Sercovich para el Cierre de la Charla
Le agradezco especialmente su presencia Dr. Cholvis, y agradecer de la misma manera a todas las compañeras y compañeros participantes. Vamos a dejar los últimos 10 minutos para alguna pregunta que quieran trasladar a través del chat del zoom, o presencialmente.
Por supuesto, fundamentales aportes muy valiosos para el recorrido que tenemos delante de la mano de este taller que vamos a protagonizar durante el mes de agosto, que por lo visto se convertirá en un seminario con el que por supuesto, vamos a intentar desgranar todos estos conceptos con el propósito de darnos el intercambio y el debate para abordar esto que aspiramos nosotros, desde el ámbito multisectorial, será un nuevo proceso Constituyente que nos permita para el siglo XXI imaginar este proyecto de país de una Argentina sostenible.
De izquierda a derecha: Dres. Carlos M. Vilas, Jorge Cholvis, Pablo Sercovich, Dr. Eduardo Barcesat y Dra. Marcela Augusto
Una observación más, por don Jorge Cholvis: Acción, Tiempo y Resultado
Así que dos cositas: Acción- tiempo- resultado de mensaje, pero a su vez, ante el fallecimiento de Perón y que todavía no está debidamente generada la figura de un nuevo conductor que sea el que nos vaya dando a nosotros la posibilidad de avanzar, la figura del conductor es determinante. ¿Por qué? Porque la figura del conductor ahorra tiempo: hay tres palabras: “acción”, “tiempo” y “resultado”, y esto no sólo ocurre en la acción política, sino también en las cuestiones religiosas. Por ejemplo: un Moisés, un Buda o Cristo bajan un mensaje: eso ahorra tiempo, no podemos generar estos seminarios enormes en varios años, el problema es hoy, acción, tiempo y resultado, por ello, ante la ausencia de esa nítida figura que nos puede llegar a conducir y que sin perjuicio de que es factible que nuevamente puedan surgir figuras también, Perón nos decía: “Para conducir no alcanza la popularidad, para conducir es necesario tener prestigio”, por eso la manipulación contra los líderes o las personas que están impulsando un nuevo proyecto en la Argentina, entonces, acción tiempo y resultado hasta tanto tengamos la suerte de contar con un nuevo conductor o líder; el tema hoy día es generar una mesa y una agenda en la cual se expresen y se precise toda esta problemática contemporánea. Tenemos que terminar con las fake-news, con el lawfare, con esa metástasis ideológica, que los que hablan por televisión y en el Congreso tienen la impunidad de decir cualquier barbaridad y quedan como verdades reveladas: hay que dar la lucha para construir esa mesa y esa agenda del pueblo argentino en función de la organización necesaria para concluir con esta etapa y volver nuestro destino como nación soberana y un pueblo feliz.
Agradecimiento a los participantes por Dra. Marcela Augusto
Esta es la cosa, la lucha en la calle, en este nuevo proceso. Le agradecemos profundamente el esclarecimiento que ha hecho esta tarde y en realidad hay miles de mensajes, no hay preguntas, es todo agradecimiento. Bueno Dr. Vilas le queremos agradecer también su presencia, nuevamente muchísimas gracias Dr. Cholvis y así cerramos y vamos a ir armando el Seminario. Muchas gracias a todos allá en el zoom y a los presentes en la sala. ¡Muchas gracias!