Este miércoles 04 de Septiembre todos a la PLAZA para voltear el Veto y si hay Represión, a las 20 hs hay Ruidazo Nacional en todas las Plazas y Esquinas del País.
Comunicado de la Multisectorial Federal de la República Argentina. Pablo Sercovich Secretario General
Equipo de Trabajo y Seguridad Social. Marcela Augusto y Eleonor González Coordinadoras
Los JUBILADOS DE HOY HAN TRABAJADO AYER, más allá de haberse registrado o no sus aportes, y eso ya se consideró oportunamente estableciendo que debían ser reconocidos, con un pago mediante moratoria, pero pago al fin, para no quedar a la deriva, en especial las mujeres a las que además se le ha reconocido el trabajo de cuidado que han realizado.
El 28 de agosto de 1948 Eva Perón instituyó el día de la ancianidad. Desde allí hasta hoy los ancianos, los trabajadores ya jubilados y/o pensionados no han hecho más que perder derechos, algunas mejorías en breves períodos y en otros absolutamente olvidados como en el actual.
Con los DERECHOS que fueron RECONOCIDOS no se puede volver atrás. Existe el PRINCIPIO DE NO REGRESIVIDAD en materia previsional amparado en la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el DERECHO INTERNACIONAL en la CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES.
Este principio de NO REGRESIVIDAD está vinculado al de progresividad de los derechos que propugna el reconocimiento del mayor contenido, extensión y eficacia de derechos para que una vez alcanzado determinado nivel de protección, dicho estándar de tutela no retroceda.
En dicha Convención y, por ende, en nuestra Constitución, además, se reconocen los siguientes principios:
- La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor.
- La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo.
- La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor.
- La igualdad y no discriminación.
- La participación, integración e inclusión en la sociedad.
- El bienestar y cuidado.
- La seguridad física, económica y social.
- La autorrealización.
- La equidad e igualdad de género.
- La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria.
- El buen trato y la atención preferencial.
- El respeto y valorización de la diversidad cultural.
- La protección judicial efectiva.
- La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración de la persona mayor, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna.
-Para ello el Estado Argentino debe:
- Tomar medidas para prevenir, sancionar y eliminar las prácticas de aislamiento, abandono, sujeciones físicas, hacinamiento, expulsiones de la comunidad, negación de nutrición, infantilización, tratamientos médicos inadecuados o desproporcionados y todos los malos tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes a la persona mayor.
- No tomar medidas legislativas que sean incompatibles con la Convención.
- Adoptar medidas para dar a la persona mayor un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos.
- Adoptar medidas para lograr la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales de la persona mayor.
- Promover instituciones públicas especializadas en la protección y promoción de los derechos de la persona mayor y su desarrollo integral.
- Promover la participación de la sociedad civil en la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigidas a la aplicación de la Convención.
- Promover la recopilación de información adecuada para dar efecto a la Convención.
-Respetar los derechos de las personas mayores significa según esta Convención y por ende para nuestra CN:
- Igualdad y no discriminación por razones de edad. Queda prohibida la discriminación por edad en la vejez.
- Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez.
- Derecho a la independencia y a la autonomía: se reconoce el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a desarrollar una vida autónoma e independiente, a elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir.
- Derecho a la participación e integración comunitaria.
- Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia.
- Derecho a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.
Salud
- Derecho a la salud
- Derecho a dar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud. Las instituciones y los profesionales de la salud no pueden realizar ningún tratamiento, intervención o investigación de carácter médico o quirúrgico sin el consentimiento de la persona mayor.
- Derecho a recibir servicios de cuidado a largo plazo.
Libertad
- Derecho a la libertad personal.
- Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al acceso a la información.
- Derecho a la nacionalidad y a la libertad de circulación.
- Derecho a la privacidad y a la intimidad.
Trabajo y seguridad social
- Derecho a la seguridad social. Toda persona mayor tiene derecho a la seguridad social para llevar una vida digna.
- Derecho al trabajo. La persona mayor tiene derecho al trabajo digno y decente y a la igualdad de oportunidades y de trato con los otros trabajadores, sea cual fuera su edad.
Educación y cultura
- Derecho a la educación. La persona mayor tiene derecho a la educación en igualdad de condiciones con otros sectores de la población y sin discriminación.
- Derecho a la cultura. La persona mayor tiene derecho a su identidad cultural, a participar en la vida cultural y artística de la comunidad y a compartir sus conocimientos y experiencias.
- Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte.
Derecho a la propiedad
- Derecho a la propiedad. Ninguna persona mayor puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.
- Derecho a la vivienda.
Medio ambiente
- Derecho a un medio ambiente sano
Derechos políticos
- Derechos políticos. La persona mayor tiene derecho a la participación en la vida política y pública en igualdad de condiciones con los demás y a no ser discriminada por motivo de edad.
- Derecho de reunión y de asociación.
Situaciones de riesgo
- Se debe proteger a las personas mayores de edad en situaciones de riesgo, como conflictos armados, emergencias humanitarias y desastres.
Acceso a la justicia
- Acceso a la justicia. La persona mayor tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial.
- Igual reconocimiento como persona ante la ley. La persona mayor tiene capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida.
- La actuación de los jueces debe ser rápida si se encuentra en riesgo la salud o la vida de la persona mayor.
Las personas mayores, nuestros jubilados y pensionados, nuestros abuelos y abuelas, nos han acompañado a los hijos, madres y abuelas en la lucha por Justicia por los desaparecidos y en la recuperación de los nietos apropiados en Dictadura y en el No al 2X1 a los genocidas. También han estado al lado de las mujeres en la defensa del derecho al aborto, a la diversidad en el derecho a la identidad y matrimonio igualitario, a los alumnos y a los docentes de todos los niveles en defensa de la educación pública, gratuita y de calidad.
La semana pasada el Congreso Nacional le reconoció una suba en sus haberes como medida para palear el robo que vienen sufriendo con un aumento del 8%. Pero luego el Poder Ejecutivo en la figura de Milei con el asesoramiento de Caputo y Stutzenegger ha vetado esa Ley porque “pone en crisis el futuro de los jóvenes” según ha expresado el mismo presidente, y encima les quitaron la gratuidad en los remedios que más necesitan y a la atención médica domiciliaria les han puesto topes que los llevarán a la muerte segura y lo más rápido posible, como decía Macri y claro, todo con el apoyo de éste último.
Y finalmente de manera despiadada los apalearon y gasearon en la Plaza del Congreso y en Plaza de Mayo. ¡Les han pegado en el alma! Pero no los han vencido, la mayoría ha expresado que seguirá la lucha como lo vienen haciendo desde hace años y ni Patricia Bullrich los parará.
No hay ninguna causa iniciada contra el salvajismo imperante en la plaza porque los fiscales y los jueces miran para otro lado y a su bolsillo.
EL MIÉRCOLES PRÓXIMO 04/09 NUESTROS VIEJOS, MARCHARÁN DE NUEVO.
Por eso ahora NOSOTROS DEBEMOS ACOMPAÑARLOS y NO DEJAR SOLOS ni a nuestros padres y abuelos, a nuestros vecinos y amigos, debemos estar con ellos para TODOS JUNTOS decirle al gobierno BASTA DE SADISMO, DE IMPUNIDAD Y DE VIOLACIÓN SISTEMÁTICA DE SUS DERECHOS Y DE SUS VIDAS.
SI SOMOS MILLONES EN LA CALLE COMO EN EL MUNDIAL, LOS UNIFORMES NO PASARÁN, EL CONGRESO CONFIRMARÁ LA LEY Y LA CORTE LA DECLARARÁ CONSTITUCIONAL ¡Y EL PODER EJECUTIVO LA DEBERÁ CUMPLIR!
Y SI NO ES ASÍ, TODOS LOS ABOGADOS INUNDAREMOS LOS TRIBUNALES DE AMPAROS Y JUICIOS POLÍTICOS A TODOS LOS QUE SE ATREVAN A TOCAR A NUESTROS ADULTOS MAYORES, PORQUE SON NUESTRO EJEMPLO DE VIDA Y DE LUCHA.
Mileikosvky (alias Milei) es el gran ladrón de de jubilados y niños.
Contra la ley base
Basta de que nos humillen y nos lleven a vivir sin dignidad
No aflojar!!!(
Por una vejez digna.
Este plan económico conduce a la miseria.la desaparición del estado.Ya se implantó estás medidas.Fuera milei y su equipo de entreguistas recursos naturales y ecnomicod
Apoyo a los jubilados !!!